BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 05/12/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO.-

ORDENANZA N° 009/2025.-

SAN ANTONIO, 07 AGO. 2025.-

Ref.: “MUNICIPIO ALFABETIZADOR Y PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL MUNICIPAL EN LA FERIA DEL LIBRO”.

VISTO:

La Importancia de promover la cultura, el acceso al conocimiento y la participación activa de la comunidad en espacios públicos significativos.

CONSIDERANDO:
Que la Biblioteca Popular “Cnel. Hilarión de la Quintana” constituye un espacio clave en la vida cultural y social del pueblo de San Antonio, por lo cual debe ser reconocida y fortalecida como parte fundamental de la identidad comunitaria;

Que dicha Institución es un lugar de encuentro donde se comparten historias, saberes, oficios y experiencias, generando un entramado social y educativo de gran valor;

Que el Municipio, a través de su accionar diario, también cumple funciones alfabetizadoras: al explicar un trámite, acompañar a un vecino o vecina, brindar información clara y accesible, y facilitar el ejercicio de derechos;

Que es necesario visibilizar y poner en valor estas prácticas pedagógicas cotidianas realizadas por el personal municipal, así como generar instancias que permitan su formación continua;

Que se llevará a cabo en el presente mes la Feria del Libro, evento en el cual la Biblioteca Popular “Hilarión de la Quintana” será sede, y representa una oportunidad para fortalecer vínculos comunitarios, institucionales y educativos.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTÍCULO Nº 1:  Declárase al Municipio de San Antonio como “Municipio Alfabetizador”, reconociendo el rol activo de sus agentes en la construcción cotidiana del conocimiento, la comunicación accesible, el acompañamiento en la resolución de trámites y el fortalecimiento del vinculo con la comunidad.

ARTÍCULO N° 2: Establécese que, durante el desarrollo de la Feria del Libro, a realizarse entre los días 11 y 14 de agosto del corriente año, en la que la Biblioteca Popular “Hilarión de la Quintana será sede local, el personal municipal podrá participar de manera voluntaria en actividades, capacitaciones y recorridos vinculados al evento, con el objeto de fortalecer su formación y compromiso con el rol alfabetizador.

ARTÍCULO N° 3: Invítese a las distintas áreas del Municipio a identificar, reconocer y potenciar sus prácticas alfabetizadoras, generando acciones que promuevan la comunicación clara, la escucha activa y el vínculo pedagógico con la ciudadanía.

ARTÍCULO N° 4: Dispóngase que la Biblioteca Popular “Hilarión de la Quintana” sea considerada espacio prioritario para el desarrollo de actividades culturales, educativas, de memoria comunitaria y de circulación de saberes locales, articulando con el Municipio y otras Instituciones.

ARTÍCULO N° 5: Facúltese al Departamento Ejecutivo a autorizar, en horario laboral, la asistencia del personal interesado a los cursos y talleres que se dicten durante la Feria, cuando éstos resulten pertinentes para su formación y desempeño. Estas actividades deberán estar orientadas a mejorar la elaboración de documentos institucionales, la comunicación interna, y el trato con la ciudadanía

ARTÍCULO N° 6: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

C.P. Antonio M. Fermi

Presidente