BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 05/12/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO.-

ORDENANZA N° 008/2025.-

SAN ANTONIO, 03 JUL. 2025.-

VISTO:

La necesidad de asignar nombres y numeración a las calles del Barrio Hugo Navea de la localidad de Los Alisos, departamento de San Antonio, con el fin de facilitar la ubicación, mejorar la prestación de servicios públicos, y fortalecer el sentido de pertenencia de sus habitantes; y

CONSIDERANDO:
Que la ausencia de una adecuada nomenclatura dificulta la ubicación de calles y domicilios, lo cual impacta directamente en la instalación de servicios básicos domiciliarios, la atención de emergencias médicas, la correcta entrega de correspondencia y el cobro de impuestos municipales.

Que la denominación de calles no solo cumple una función práctica, sino que también representa una oportunidad para reflejar la cultura, la historia y los valores de la comunidad.

Que el presente proyecto se enmarca dentro de una política de urbanización y ordenamiento territorial para los barrios de Los Alisos, buscando mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

Que, en este sentido, el Centro Vecinal de Los Alisos, junto con vecinos y vecinas del lugar, impulsaron un proyecto de nomenclatura basado en nombres de árboles y plantas autóctonas.

Que resulta imperioso que la Municipalidad de San Antonio, a través del área correspondiente, colabore con la numeración domiciliaria de las viviendas existentes, aplicando un criterio uniforme: asignar números pares a un lado de la calle y números impares al lado opuesto

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTÍCULO 1º: Apruébese la nomenclatura de calles del Barrio Hugo Navea, conforme al proyecto presentado por el Centro Vecinal. Anexo 1

ARTÍCULO 2.º: La nomenclatura adoptará nombres de árboles y plantas de la región, en concordancia con el criterio utilizado en barrios colindantes como Los Manzanos, con el fin de resaltar la identidad ambiental y paisajística de la zona.

ARTÍCULO 3.º: Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal a través del área que corresponda, a implementar la numeración domiciliaria del Barrio Hugo Navea, asignando números pares e impares de manera alternada a ambos lados de las calles, conforme a lo dispuesto por esta ordenanza.

ARTÍCULO 4.º: Autorizase la instalación de señalética con los nombres de calles en el mencionado barrio, debiendo contemplar materiales duraderos y visibles, con la colaboración de las áreas pertinentes de la Municipalidad.

ARTÍCULO 5.º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

C.P. Antonio M. Fermi

Presidente

 

C.P. Antonio M. Fermi

Presidente