BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 05/12/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO.-

ORDENANZA N° 018/2020.-

PERICO DE SAN ANTONIO, 10 SEPT. 2020.-

VISTO:

El constante aumento de casos de enfermedades crónicas no transmisibles que se registran, y;

CONSIDERANDO:

Que, según informes y estadísticas de la Organización Mundial de la Salud, el número de personas que presentan diagnostico de enfermedades crónicas no transmisibles continúa avanzando de manera alarmante.

Que el impacto que estas enfermedades producen, no solo se limita al aspecto sanitario, sino que también plantea un grave problema económico y social a nivel mundial.

Que los cuatro tipos principales de enfermedades no transmisibles son las cardiovasculares, el cáncer, las respiratorias crónicas, como las EPOC (Enfermedades pulmonares obstructivas crónicas), el asma y la diabetes.

Que, ante esta realidad insoslayable, adquiere fundamental importancia la información y la prevención, ya que estas enfermedades comparten 4 factores de riesgo: tabaco, sedentarismo, consumo nocivo de alcohol y la dieta.

Que éstas representan hoy la principal causa de muerte en nuestro país y en el mundo, afectando a personas de todas las edades, sexo y estratos sociales.

Que la mitad de las personas que padecen estas enfermedades desconocen su condición y la mitad de estas no se realizan controles.

Que es responsabilidad del Municipio velar por la salud Integral de la población, por lo cual se encuentra justificado dar forma a una campaña de difusión de las medidas preventivas y atento a que cada año aumentan los casos declarados de estas enfermedades, que la misma sea de carácter permanente, para crear conciencia en la comunidad sobre los riesgos que implican.

Que cada una de estas enfermedades tiene un día de lucha mundial en el que se realizan actividades de promoción, tratando de movilizar a la población y de disminuir el número de casos.

Que seria importante que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área de Salud, o que designé adhiera a estos principios preventivos, desarrollando actividades en nuestra ciudad con el objeto de crear conciencia en nuestra comunidad.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTİCULO 1: Promover la prevención, la educación, asistencia y control de las “Enfermedades Crónicas no Transmisibles”.

ARTÍCULO 2: En materia de prevención, son objetivos de la presente Ordenanza:

  1. La promoción de la salud, entendida como toda actividad encaminada al desarrollo y mejora de la salud de la población.
  2. La protección de la salud, entendida como toda acción encaminada a evitar el desarrollo de estas enfermedades a través de la realización de actividades, de campañas en los medios masivos de comunicación, orientadas a llevar a conocimiento de la población de las medidas de prevención necesarias para evitar su desarrollo.
  3. Enfatizar la realización de estas acciones en la semana durante la cual se incluya el Día Mundial que corresponda a cada uno de las enfermedades, a saber:
  • 4 de febrero- Día Mundial de la lucha contra el Cáncer;
  • 17 de mayo- Día Internacional de la Hipertensión;
  • 31 de mayo- Día Mundial sin Tabaco;
  • 29 de septiembre-Día Mundial del Corazón;
  • 14 de noviembre- Día Mundial de la Diabetes;
  • o 3er. miércoles de noviembre- Día Internacional de las EPOC (enfermedades pulmonares obstructiva crónicas).

 

ARTÍCULO 3: DISPONGASE que, a través de la dirección a cargo, se coordine el desarrollo de las actividades dispuestas en la presente, a los efectos de promover las tareas en todos los niveles que corresponda.

ARTÍCULO 4: COMUNİQUESE, Publíquese y Archívese. –

 

C.P. Antonio M. Fermi

Presidente