BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 05/12/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO.-
ORDENANZA N° 012/2020.-
PERICO DE SAN ANTONIO, 13 AGO. 2020.-
VISTO:
La delicada situación económica que se da en el marco de la pandemia y la imposibilidad de muchos de nuestros vecinos que han visto afectada la normal comercialización de los bienes que producen o elaboran, y;
CONSIDERANDO:
Que en el departamento existe una considerable cantidad de pequeños productores que ofrecen productos de calidad en el rubro alimentación y artesanías.
Que es necesario trazar lineamientos firmes para la reactivación económica y la salida de la pandemia, buscando generar puestos de trabajo genuinos y fomentar el auto empleo.
Que resulta fundamental fomentar una cultura emprendedora, facilitando la comercialización y eliminando las trabas burocráticas que pudieran existir.
Que en el marco de la pandemia resulta fundamental evitar el desplazamiento de los vecinos hacia otros departamentos para realizar las compras esenciales y que al no existir supermercados en la zona es necesario tomar medidas acordes para evitar estos desplazamientos.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Créase la feria Vecinal productiva y de abasto “Los Alisos”, la misma funcionará en el Polideportivo y/o en la Cancha de fútbol del barrio Navea los días sábados de 8 a 18 horas y/o los domingos de 8 a 14 horas, desde que el Ejecutivo considere necesario el inicio y termino del mismo.
Artículo 2°: Créase un registro de aspirantes a ocupar un espacio en la feria conforme a los siguientes rubros:
- Frutas y verduras
- Carnes
- Alimentos no perecederos
- Artículos de higiene y limpieza
- Alimentos balanceados y forrajes
- Plantas y flores
- Artesanías
- Vestimenta e indumentaria
- Comidas elaboradas
Artículo 3°: Sera exclusiva de productores, producciones, emprendedores y artesanos que tengan sus emprendimientos radicados en el Departamento San Antonio, dando prioridad a la localidad de los alisos; sin cobro alguno.
Artículo 4°: El Área de Producción junto a una comisión conformada por los emprendedores inscriptos, de no más de 5 integrantes, serán los encargados de recibir los formularios de inscripción, controlar el cumplimiento de los protocolos que se dispongan y el funcionamiento de la feria, como así también facilitar las condiciones para su funcionamiento.
Artículo 5°: Se establecerá de común acuerdo con los productores y participantes un criterio de precios mínimos y máximos con el fin de evitar la competencia desleal, los abusos comerciales y fomentar una cultura hacia una economía justa y social.
Artículo 6°: La feria Vecinal funcionará conforme a los protocolos dispuestos por el Comité Operativo de Emergencia (COE), acorde a la habilitación de actividades según la fase en la que se encuentre el departamento y en conformidad al protocolo elaborado para tal fin, incluido en la presente ordenanza como ANEXO I. y lo referente a la limpieza del puesto y el lugar.
Artículo 7°: Dispóngase de personal para el control de acceso, estableciendo medidas claras para evitar concentraciones excesivas de personas dentro del espacio que ocupe la feria y el control estricto de los protocolos, estableciendo un mecanismo de sanción a quienes incumplan las medidas dispuestas.
Artículo 8°: De Forma.
C.P. Antonio M. Fermi
Presidente
ANEXO I
- Todo feriante y visitante deberá permanecer con tapabocas durante la jornada o la visita al predio.
- En la zona de ingreso en caso de generarse una fila, se deberá mantener una distancia mínima de 2,00 m y el uso de tapabocas correctamente colocado.
- Se dispondrá de Alcohol en Gel para el ingreso y salida.
- Se demarcará en forma clara una línea o cinta amarilla que determine los carriles de circulación.
- Se deberá evitar trasiegos de visitantes y proximidades entre sí.
- Cada puesto debe contar con alcohol gel y ser ofrecido al visitante luego de una transacción comercial.
- Se utilizará el sistema de amplificación que habitualmente ofrece la feria para enviar un mensaje de cuidados sanitarios y cumplimiento del mismo.
- Los mensajes antedichos, deberán repetirse cada 10, máximo 15 minutos (que coincidentemente es el tiempo establecido por los científicos para determinar si hay contacto directo), de esta forma recordaremos al visitante permanentemente mantener distancia y usar correctamente las EPP.
C.P. Antonio M. Fermi
Presidente









