BOLETIN OFICIAL Nº 139 – 03/12/2025
MUNICIPALIDAD DE PERICO.-
DECRETO N° 497/2025.
CIUDAD DE PERICO, 11 SEPT. 2025.-
Ref.: Eximición de Derecho de Construcción en Expediente Nº 237-I-2021 iniciado por IVUJ por Aprobación de Planos de Obra Existente en Lote 1, Mza. 264 del Barrio Juan Manuel de Rosas por Locales Comerciales.
VISTO:
La nota de fecha 11/08/2025 presentada por el Presidente del Instituto de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Jujuy Arq. José Luis Paiquez y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota recibida el 11/08/2025 el Presidente del Instituto de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Jujuy Arq. José Luis Paiquez solicita la eximición del pago de tasa municipal correspondiente al Derecho de Construcción que afecta al Lote 1 de la Manzana 264 del Barrio Juan Manuel de Rosas, donde se encuentran ubicados los locales comerciales.
Que según lo informado en la aludida nota, la Institución Provincial mencionada efectuó la presentación de Planos de Construcción Existente para su aprobación, trámite que quedó paralizado por no abonarse el derecho de construcción.
Que solicitado el informe pertinente a la Dirección de Obras Particulares, el Sr. Pedro Díaz informa que se ingresó el 23/07/2021 el Expediente Nº 237-I-2021 iniciado por IVUJ por Aprobación de Planos de Obra Existente en Lote 1, Mza. 264 del Barrio Juan Manuel de Rosas por Locales Comerciales, el profesional a cargo es el Arquitecto Rafael Salazar y se efectuó desde esa Dirección el visado técnico hasta la liquidación del derecho de construcción.
Que se corrobora la liquidación de fecha 14/11/2024 por el monto de $1.322.042,00 (con reducción Predeco).-
Que efectivamente el expediente se encuentra paralizado por la falta de pago de la tasa municipal que impone el pago del Derecho de Construcción.
Que tal situación impone a este Poder Ejecutivo Municipal, la obligación de adoptar acciones tendientes a generar un orden solidario, justo, libre e igualitario que permita otorgar beneficios a la comunidad, además de tener en cuenta que el solicitante del trámite es el Estado Provincial (IVUJ) para regularizar una situación de larga data y agilizar los trámites administrativos necesarios para dicha regularidad.
Que, el art. 69 Inc 8 de la Carta Orgánica Municipal, dispone que son atribuciones del Sr. Intendente Municipal: “Disponer exenciones, reducciones o moratorias con acuerdo del Concejo”.
Que es facultad del Sr. Intendente tomar decisiones que favorezcan la marcha del quehacer de este municipio en función del bien común.
Por ello
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO, en uso de sus atribuciones,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Dispóngase EXIMIR del pago de las tasas municipales correspondiente al Derecho de Construcción que afectan en Lote 1, Mza. 264 del Barrio Juan Manuel de Rosas por Locales Comerciales construidos por el Instituto de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Jujuy.
ARTÍCULO 2º: Pase al Concejo Deliberante para el pertinente Acuerdo.-
ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese a las Áreas que correspondan. Publíquese. Cumplido archívese.-
Rolando Pascual Ficoseco
Intendente









