BOLETIN OFICIAL Nº 138 – 01/12/2025
MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN
DECRETO Nº 0410 /DE/25-
CIUDAD DE EL CARMEN, 26 NOV. 2025
VISTO:
La necesidad de regular y otorgar mediante Licitación Pública la concesión de uso y explotación del Buffet del Complejo Turístico La Ciénaga / Balneario Municipal, conforme a las facultades conferidas por la normativa vigente y el interés en garantizar transparencia, competencia y eficiencia en la prestación del servicio, y;
CONSIDERANDO:
Que, resulta procedente establecer un marco regulatorio claro, mediante Bases y Condiciones Generales, que sirva de guía tanto para los oferentes como para la administración municipal, asegurando el correcto funcionamiento y explotación del buffet durante la temporada de verano 2025–2026;
Que, el Pliego de Bases y Condiciones incluye aspectos fundamentales como: Requisitos legales y administrativos para los oferentes, Canon base de concesión y condiciones de pago, Obligaciones del concesionario, incluyendo higiene, seguridad y mantenimiento, Facultades de control del Municipio y motivos de rescisión del contrato, Condiciones de uso de la instalación y propuesta mínima de servicios gastronómicos;
Por todo ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CARMEN
DECRETA:
ARTICULO 1°. – Autorízase el llamado a Licitación Pública para la concesión de uso y explotación del Buffet del Complejo Turístico La Ciénaga / Balneario Municipal, correspondiente a la temporada de verano 2025–2026.
ARTICULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales que regirá la Licitación Pública autorizada en el artículo precedente, quedando establecidas las condiciones de presentación de ofertas, canon base, plazo de concesión, requisitos y obligaciones del concesionario. –
ARTICULO 3°.- Facúltese a la Secretaría de Hacienda a efectuar todas las acciones necesarias para la publicación, recepción de ofertas, apertura de sobres y adjudicación de la concesión, en los términos del Pliego aprobado.
ARTICULO 4°.- Publíquese el presente decreto en el Boletín Oficial y en un diario de mayor circulación por el término de cinco (5) días hábiles.
ARTICULO 5°.- Comuníquese a la Secretaria de Hacienda y demás áreas en el ámbito de su competencia, bajo constancia de firma con la que se acredite de modo fehaciente que han tomado debido conocimiento. El mismo acto se les hará entrega de una copia del presente Decreto. Cumplido, Archívese.-
Lic. Víctor Hugo González
Intendente









