BOLETIN OFICIAL Nº 138 – 01/12/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 381/2025.-

REF. “REGISTRO ÚNICO DE CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO”. (EXPTE. 283-CD-2025 Iniciado por los concejales López Amanda y López Marcelo).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La necesidad de contar con herramientas locales que permitan registrar, analizar y sistematizar la información referida a los casos de violencia de género que se producen en la jurisdicción municipal; y;

Que, la violencia por motivos de género constituye una grave violación a los derechos humanos y una problemática estructural que afecta de manera directa la dignidad, la integridad física, psicológica, sexual, económica y patrimonial de las personas, mayormente mujeres y diversidades, limitando su pleno desarrollo en igualdad de condiciones.

Que, la Ley Nacional N.º 26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” establece la obligación de los distintos niveles del Estado —nacional, provincial y municipal— de implementar políticas públicas que permitan la detección temprana, la atención y el acompañamiento integral de las víctimas de violencia de género.

Que, el Municipio de Puesto Viejo, como nivel más cercano a la comunidad, tiene la responsabilidad de generar dispositivos de intervención y seguimiento que garanticen la prevención, asistencia y erradicación de la violencia, articulando con organismos provinciales, judiciales, policiales y de salud.

Que, contar con un Registro Único de Casos de Violencia de Género permitirá no solo sistematizar la información disponible en el ámbito local, sino también conocer la magnitud real del problema, su evolución y las características de las víctimas y agresores, con el fin de diseñar políticas públicas más efectivas, focalizadas y basadas en evidencia.

Que, disponer de datos confiables y actualizados posibilita un abordaje integral e intersectorial, fortaleciendo las estrategias de prevención, atención y acompañamiento, y promoviendo la transparencia y rendición de cuentas en materia de género y derechos humanos.

Que, además, resulta imprescindible garantizar la confidencialidad, privacidad y seguridad de los datos personales contenidos en el Registro, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nacional N.º 25.326 de Protección de Datos Personales.

Que, la Dirección de la Mujer, Género y Diversidad, en su carácter de área especializada, cuenta con las competencias técnicas y operativas necesarias para asumir la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza, siendo la encargada de coordinar, articular y ejecutar las acciones que de ella deriven.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el “Registro Único de Casos de Violencia de Género” (RUCVG), con el objeto de concentrar, organizar y sistematizar la información relacionada con los hechos, tipos y modalidades de violencia por razones de género ocurridos en el ejido.

Artículo 2º-. El Registro tendrá como objetivo general fortalecer las políticas públicas municipales de prevención, atención y erradicación de la violencia por motivos de género mediante la recopilación, análisis y sistematización de información relevante y confiable.

Artículo 3º-. Serán objetivos específicos del Programa:

  • Relevar y registrar las denuncias, intervenciones y actuaciones vinculadas a hechos de violencia de género que se produzcan en el ámbito local.
  • Establecer indicadores que permitan medir la magnitud, frecuencia, características y evolución de la problemática.
  • Facilitar la articulación institucional entre organismos municipales, provinciales y nacionales.
  • Proveer información estadística que sirva de base para la elaboración, implementación y evaluación de políticas públicas de género.
  • Promover la transparencia, el control social y la rendición de cuentas en la gestión municipal en materia de género y derechos humanos.
  • Garantizar la confidencialidad y protección de los datos personales de las personas involucradas.

Artículo 4º-. El Registro Único de Casos de Violencia de Género deberá:

  • Relevar, registrar y procesar la información proveniente de las distintas áreas municipales y de organismos nacionales o provinciales con actuación en el distrito.
  • Sistematizar los datos según variables como edad, identidad de género, ocupación, vínculo entre víctima y agresor, tipo y modalidad de violencia, medidas adoptadas, resultados y sanciones.
  • Definir indicadores básicos para el análisis y evaluación de la problemática.
  • Confeccionar informes semestrales con datos estadísticos y de gestión.
  • Generar una base de datos única, segura y actualizada.
  • Elaborar protocolos e instructivos internos que aseguren una adecuada interpretación de los registros.

Artículo 5º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza el Área de la Mujer, Género y Diversidad dependiente de la Dirección de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 6º-. Son deberes de la Autoridad de Aplicación:

  • Desarrollar, promover y coordinar los criterios de recolección, registro y sistematización de los datos.
  • Capacitar al personal responsable de la carga y manejo de la información.
  • Garantizar la confidencialidad, reserva y protección de los datos personales conforme a la normativa vigente.
  • Articular con organismos judiciales, policiales, sanitarios y sociales para la obtención y verificación de la información.
  • Difundir periódicamente los informes estadísticos agregados del Registro, preservando la identidad de las personas.
  • Promover convenios con organismos públicos y privados para el fortalecimiento técnico del Registro.
  • Elevar un informe semestral al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante.

Artículo 7º-. El Registro deberá garantizar la privacidad, confidencialidad y derecho a la intimidad de las personas, conforme a la Ley Nacional N.º 25.326 y demás normas complementarias.

Artículo 8º-. DE FORMA.-

SALA DE SESION, 30 DE OCTUBRE 2025

 

Lic. María Amanda López

A/C/ Intendencia