BOLETIN OFICIAL Nº 138 – 01/12/2025
DECRETO Nº 4140-S/2025.-
EXPTE. Nº 702-36/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 OCT. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-11 Hospital Doctor Oscar Orias
SUPRIMASE CREASE
Categoría N° de cargos Categoría Nº de cargos
E 1 A (j-2) 1
Agrup. Profesional Agrup. Profesional
Escalafón Profesional Escalafón Profesional
Ley N° 4418 Ley N° 4418
Total ——— 1 Total ——— 1
ARTÍCULO 2°.- Téngase por designada en carácter de interina a la Bioquímica Noelia Jimena Ruiz, CUIL N° 27-34065586-4, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para Cumplir funciones inherentes a su profesión en la U. de O.: R 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias, a partir del 6 de noviembre de 2023 y hasta el llamado a concurso del mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 3°.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atiende con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIOS N° 2023-Ley N° 6325, 2024-Ley N° 6371:
Las respectivas partidas de Gastos en Personal asignada en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias.‑
EJERCICIO 2025-Ley N° 6440:
Con la respectiva partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias.‑
En caso de que en Ejercicios Anteriores no haya sido liquidado y abonado lo gestionado en autos, el mismo se atendería con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “3-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.‑
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









