BOLETIN OFICIAL Nº 136 – 26/11/2025
DECRETO Nº 4301-DH/2025.-
EXPTE. Nº 767-9865/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 NOV. 2025.-
VISTO:
La solicitud de autorización al llamado a Licitación Pública N° 03/25 para la adquisición de 140.000 módulos Alimentarios y productos Navideños, hasta cubrir la suma total de Pesos Tres Mil Setecientos Ochenta Millones ($3.780.000.000,00), efectuado por el Ministerio de Desarrollo Humano, y;
CONSIDERANDO:
Que, la adquisición de los 140.000 módulos Alimentarios solicitados por la Secretaría de Asistencia Directa será destinada a los beneficiarios del Plan Social Nutricional Provincial PLA.SO.NU.P. – “Programa Comer en Casa” y toda persona en situación de vulnerabilidad socio- económica que solicite asistencia alimentaria en dicho Ministerio;
Que, obran Especificaciones Técnicas y Pedido de Provisión de los productos que componen el módulo alimentario, estableciendo que cada módulo estará compuesto por Catorce (14) productos alimentarios incluidos los productos navideños;
Que, se agregan Pliego d e Bases y Condiciones, Anexos I – Cláusulas Particulares, Anexo II – Pedido de Provisión, Anexo III – Especificaciones Técnicas, por los cuales se regirá el presente proceso licitatorio;
Que, obra dictamen legal compartido por el Sr. Director Provincial de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;
Que, obran informes de competencia de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia;
Por ello, en uso de facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Humano a efectuar el llamado a Licitación Pública N° 03/25 para la adquisición de 140.000 módulos Alimentarios y productos navideños, hasta cubrir la suma total de Pesos Tres Mil Setecientos Ochenta Millones ($3.780.000.000,00), quedando expresamente facultado el mencionado organismo para confeccionar y aprobar pliegos previo dictamen de Fiscalía de Estado, evaluar técnica y económicamente las propuestas, continuar, adjudicar, aprobar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del Decreto Acuerdo N° 3.716-H-78, Decreto Ley N° 159-HG-57, Leyes N° 4785, 4958, disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande lo dispuesto en el Artículo 1º se imputará a la Partida Presupuestaria prevista en la Jurisdicción S Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización”8B” Dirección Provincial de PLASONUP, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos- Ejercicio 2025, Ley 6440:
EJERCICIO 2025.-
Jurisdicción S Ministerio de Desarrollo Humano
- de O. 8 B Dirección Provincial de PLASONUP
Finalidad 4 Bienestar Social
Función 3 Asistencia Social
Sección 1 Erogaciones Corrientes
Sector 3 Transferencia
Part. Principal 4 Transferencia para financiar Erogaciones Corrientes
Part. Parcial 5 Aporte Actividades No Lucrativas
Part. Sub. Parcial 735 Programa Comer en Casa
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial en forma íntegra. Siga a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase sucesivamente a Dirección Provincial de Presupuesto y a Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano, a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









