BOLETIN OFICIAL Nº 135 – 19/11/2025

CRECIENDO JUNTOS S.A.S. MODIFICACION de OBJETO SOCIAL “CRECIENDO JUNTOS S.A.S.”. A la FISCALÍA DE ESTADO- Dirección Provincial de Sociedades Comerciales-Registro a su cargo Director Dr. Luis Raúl Pantoja, sírvase incorporar en REF. EXP. N° 301-269-2025 la presente MODIFICACION de OBJETO SOCIAL “CRECIENDO JUNTOS S.A.S.” ARTÍCULO TERCERO – OBJETO SOCIAL. COMPARECIENTES.- A la celebración y suscripción de la presente, comparecen SR. LUIS FRANCISCO SALINAS, DNI 16.433.733, CUIL 29-16433733-3, quien ejercerá la REPRESENTACIÓN LEGAL y ADMINISTRATIVA de la S.A.S. y como GERENTE SUPLENTE la Sra. BEATRIZ PRESENTACIÓN SALINAS, D.N.I.23.274.661.Los comparecientes declaran su voluntad de otorgar  modificación del objeto social de la “CRECIENDO JUNTOS S.A.S.” ARTÍCULO TERCERO – OBJETO SOCIAL  quedando redactado de acuerdo al presente instrumento: ARTÍCULO TERCEROOBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto principal la realización Servicios De Agencias De Cobro Y Calificación Crediticia, Servicios De Mensajerías, préstamos de dinero de pequeño monto, Cobranza de créditos, Servicios relacionados con el sector de la financiación a personas humanas y/o jurídicas, con fondos propios y sin recurrir al ahorro público, excluyendo toda actividad regulada por la Ley de Entidades Financieras. Para ello podrá celebrar contratos de mutuo, exigir intereses compensatorios y moratorios, operar en efectivo, mediante transferencias bancarias con aplicación de la tasa de interés correspondiente a dichas operaciones. Asimismo, podrá constituir garantías reales o personales y realizar actos conexos o complementarios lícitos. El plazo de pago será el que se convenga en cada contrato de préstamo. Gestión de cartera de créditos: Recopilación de información sobre los préstamos otorgados, control de la evolución de los mismos y seguimiento de los plazos de pago. Cobranza de créditos: Recibir los pagos correspondientes a los préstamos, tanto de forma presencial como por medios electrónicos. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público, que tales actividades y/o servicios se encuentran previstos fuera del sistema bancario  y las entidades financieras y cuyo destino es financiar el consumo u otros bienes. PODER ESPECIAL. Se faculta a la Dra. MORALES MONICA ANDREA- D.N.I. N° 26.232.546–M.P. 3196, M.F.T.113,F.818,abogada del foro local, contacto 388-4350049, mail:  estudiojuridicomoralesmonica@gmail.com, y/o la persona que  designe, a efectos de realizar todos los trámites conducentes a la inscripción del presente instrumento por ante el Registro Público de la Provincia de Jujuy, pudiendo presentar escritos, contestar observaciones, solicitar desgloses, interponer recursos, publicar edictos, aceptar o proponer modificaciones a este instrumento constitutivo, incluyendo el nombre social, otorgar instrumentos públicos y/o privados complementarios y proceder a la individualización de los libros sociales y contables ante el Registro Público, realizar todos los trámites que sean necesarios ante entidades financieras, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A.) – ex A.F.I.P., Dirección Provincial de Rentas de Jujuy (D.P.R.), y Administración Nacional de Aduanas y/o todo otro organismo público o privado; como así también dar cumplimiento a cualquier exigencia que la autoridad de aplicación entienda corresponder.- San Salvador de Jujuy, 19 de Septiembre del año Dos mil Veinticinco.- ACT. NOT. Nº B 00959266- ESC. JAVIER ALFREDO CALIZAYA- ADS. REG. Nº 88- LA QUIACA- JUJUY.-

 

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-

RESOLUCION Nº 836-DPSC-2025.- 

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-269/2025.-

San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2025.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia mediante en las que la Dra. MONICA ANDREA MORALES, en carácter de autorizada solicita INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD denominada “CRECIENDO JUNTOS S.A.S.” y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL

REGISTRO PUBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de Edictos en el Boletín Oficial por un día del Instrumento Constitutivo de “CRECIENDO JUNTOS S.A.S. de fecha 16 del mes de Junio del 2025 (fs. 3/5), suscripta por LUIS FRANCISCO SALINAS D.N.I. 16.433.733 Y BEATRIZ PRESENTACION SALINAS D.N.I. 23.274.661 y Adenda del Instrumento Constitutivo de fecha 26 de agosto de 2025 (fs. 26/27), ambos instrumentos con firmas certificadas por el Escribano Publico Javier Alfredo Calizaya Adscripto del Registro Notarial Nº 88.-

ARTICULO 2º: REQUERIR, que juntamente con la presentación del respectivo ejemplar del Boletín Oficial con Edicto publicado, acredite fehacientemente la integración del 25% del capital social, en la CUENTA CORRIENTE BANCARIA Nº 320009420484676, CBU 2850200930094204846761 y alias BOTIN.COREA.MANIJA, abierta en Banco Macro S.A., radicada en la sucursal 200- Jujuy, cuya denominación es FISCALIA DE ESTADO y titularidad a nombre de: FISCALIA DE ESTADO. CUIT 30-67151334-3.-

ARTICULO 3°: REQUERIR que acompañe Constancia Bancaria, con número de cuenta, CBU, tipo de cuenta y Constancia de Inscripción en ARCA, perteneciente a la sociedad o socia/o, a los efectos de la correspondiente devolución de capital integrado.-

ARTICULO 4°: DILIGENCIAS a cargo de la Dra. Mónica Andrea Morales.-

ARTÍCULO 5°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

19 NOV. LIQ. Nº 41953 $2.400,00.-