BOLETIN OFICIAL Nº 135 – 19/11/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 369/2025.-
REF. “OBSERVATORIO MUNICIPAL DE CONSUMOS PROBLEMÁTICOS”. (EXPTE. 243-CD-2025 Proyecto presentado por los concejales López Marcelo y López Amanda)
VISTO Y CONSIDERANDO;
La necesidad de contar con herramientas locales de análisis, diagnóstico y monitoreo permanente en relación a los consumos problemáticos que afectan a la población de la ciudad de Puesto Viejo y su ejido, y;
Que, los consumos problemáticos constituyen una de las problemáticas sociales y sanitarias más complejas de la actualidad, afectando tanto a individuos como a familias y comunidades, y exigiendo respuestas integrales desde el Estado en todos sus niveles.
Que, se entiende por consumo problemático a aquellos consumos que, mediando o no mediando sustancias psicoactivas, afectan de manera negativa, crónica o aguda, la salud física, psíquica, emocional o las relaciones sociales de las personas, incluyendo el consumo de bebidas energizantes, tabaco, alcohol, drogas legales e ilegales.
Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Observatorio Argentino de Drogas (OAD) han advertido sobre el descenso de la edad de inicio en el consumo de alcohol y tabaco, así como el aumento del poli consumo en adolescentes y jóvenes, lo cual incrementa los riesgos de dependencia, violencia, accidentes y enfermedades asociadas.
Que, la Convención de los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en nuestro país, reconoce a niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos, obligando a los Estados a desarrollar políticas de protección integral, lo que incluye acciones de prevención y abordaje frente a consumos que los pongan en situación de vulnerabilidad.
Que, el municipio, como nivel de gobierno más cercano a la comunidad, debe generar políticas públicas territoriales adaptadas a la realidad local, que contemplen contextos sociales, patrones de consumo, características culturales y necesidades específicas de cada barrio.
Que, el abordaje de esta problemática requiere de un enfoque intersectorial que articule salud, educación, deportes, juventud, desarrollo social y seguridad, y que cuente además con el aporte de profesionales y especialistas en salud mental, adicciones y políticas sociales.
Que, la creación de un Observatorio Municipal de Consumos Problemáticos permitirá contar con datos propios, confiables y actualizados, además de generar insumos para el diseño, evaluación y mejora de políticas públicas locales, garantizando mayor eficacia y pertinencia en las respuestas estatales.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Observatorio Municipal de Consumos Problemáticos en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 2º-. El Observatorio Municipal de Consumos Problemáticos tendrá como objeto relevar, sistematizar, analizar y difundir información sobre consumos problemáticos en la ciudad de Puesto Viejo y su ejido, con el fin de orientar el diseño, ejecución, monitoreo y evaluación de políticas públicas de prevención, abordaje y restitución de derechos.
Artículo 3º-. Serán objetivos generales:
- Fortalecer la capacidad del Estado municipal para generar respuestas integrales frente a los consumos problemáticos.
- Brindar información local, confiable y actualizada que permita diseñar políticas públicas basadas en evidencia.
- Contribuir a la promoción de hábitos de vida saludables en toda la población.
Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:
- Relevar datos periódicos sobre patrones de consumo de energizantes, tabaco, alcohol, drogas legales e ilegales en los distintos grupos etarios.
- Identificar factores de riesgo y factores protectores en la comunidad.
- Promover campañas de prevención y concientización basadas en evidencia científica.
- Desarrollar diagnósticos territoriales que orienten la toma de decisiones.
- Elaborar informes anuales sobre la situación local de los consumos problemáticos.
Artículo 5º-. Será autoridad de aplicación de la presente Ordenanza el Área de Salud, en coordinación con el Área de
Niñez, Adolescencia y Familia, Juventud, Deportes y Educación, todas dependientes de la Dirección de Desarrollo
Humano de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 6º-. Funciones del Observatorio:
- Diseñar y aplicar instrumentos de relevamiento (encuestas, entrevistas, diagnósticos barriales).
- Recopilar y analizar información proveniente de organismos municipales, provinciales y nacionales, así como de instituciones educativas, sanitarias y comunitarias.
- Publicar informes periódicos y un Informe Anual de situación sobre consumos problemáticos en Puesto Viejo.
- Asesorar al Ejecutivo y al Concejo Deliberante en el diseño de políticas públicas.
- Impulsar campañas de sensibilización y prevención en coordinación con áreas municipales y organizaciones sociales.
- Generar espacios de capacitación permanente para agentes estatales y comunitarios.
- Articular acciones con universidades, hospitales, centros de salud y ONGs especializadas en la temática.
Artículo 7º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:
- Conformar un equipo interdisciplinario con profesionales de salud, psicología, trabajo social y educación.
- Establecer convenios de cooperación con instituciones provinciales, nacionales e internacionales.
- Garantizar la difusión pública de los informes elaborados por el Observatorio.
- Asegurar la participación ciudadana en la construcción de diagnósticos y propuestas.
- Velar por la confidencialidad y resguardo de los datos personales obtenidos en relevamientos.
Artículo 8º-. Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios para el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Artículo 9º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES, 02 DE OCTUBRE 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente









