BOLETIN OFICIAL Nº 134 – 17/11/2025

DECRETO Nº 4177-ISPTyV/2025.-

EXPTE. Nº 617-217/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2025 – Ley N° 6440, conforme se indica a continuación:

TRANSFIERESE: (cargo y persona)

 

DESDE:

JURISDICCIÓN “V” – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA SERV. PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

U DE O.: 6-SECRETARIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y HÁBITAT

 

PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL – Ley N° 3161/74

AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO

CATEGORIA                         Nº DE CARGOS

1                                                                3

 

A:

JURISDICCION “C” MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

U DE O.: 3G – DIRECCION PROVINICIAL DE INMUEBLES

 

PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL – Ley N° 3161/74

AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO

CATEGORIA                          Nº DE CARGOS

1                                                                3

 

ARTICULO 2°.-  Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, transfiérase cargo y persona del agente Orlando Mario SOSA, CUIL N° 20-21007747-3,Categoría 3 Agrupamiento Administrativo del Escalafón General – Ley N° 3161/74, desde la Planta Permanente de la U. de O: 6 – SECRETARIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y HABITAT dependiente del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a la U. de O.: 3G – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INMUEBLES dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 3°.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir de la fecha del mismo.-

ARTICULO 4°.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a efectuar las transferencias de créditos que resulten necesarias para atender lo dispuesto en el presente Decreto.‑

ARTICULO 5°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2025, Ley N° 6440, asignada a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 3G Dirección Provincial de Inmuebles.‑

ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULÓ 7º.- Regístrese. Torne razón Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. –

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR