BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 14/11/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO N° 2705.25.040.-
EXPEDIENTE N° 16 – 18253 – 2025 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 31 OCT. 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8199/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 13/2025 de fecha 16 de Octubre de 2025, mediante el cual se establece en forma excepcional que los vehículos afectados como Taxi de Radio Llamada o Taxi Compartido deberán salir del servicio cuando su antigüedad sea superior a doce (12) años; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Promúlguese la Ordenanza N° 8199/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 13/2025 de fecha 16 de Octubre de 2025, mediante la cual se establece en forma excepcional que los vehículos afectados como Taxi de Radio Llamada o Taxi Compartido deberán salir del servicio cuando su antigüedad sea superior a doce (12) años.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Servicios Públicos, Dirección General de Tránsito y Transporte y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente









