BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 14/11/2025

DECRETO Nº 3483-HF/2025.-

EXPTE. Nº 246-520/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUL. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, como se detalla a continuación:

 

  1. U. de O.: 1 MINISTERIO

 

CREASE:

-PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL – LEY N° 3161

 

N° CARGO                              CATEGORÍA

1                                             1 “c-1”

 

  1. U. de O.: 2-A CONTADURÍA DE LA PROVINCIA

 

CREASE:

-PERSONAL DE ESCALAFON GENERAL – LEY N° 3161

 

N° CARGO                              CATEGORÍA

2                                                             3

 

-PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – LEY N° 4413

 

N° CARGO                              CATEGORÍA

1                                             A-1 (con Adicional del 40% Jefatura de Sección Control Jurisdiccional I)

 

  1. U. de O.: 2-B TESORERIA DE LA PROVINCIA

 

CREASE:

-PERSONAL DE ESCALAFON PROFESIONAL – LEY Ν° 4413

 

N° CARGO                              CATEGORÍA

1                                             A-1 “i-1” (con Adicional del 70% Jefatura de Departamento de Adm. de Cuentas Corrientes)

 

TOTAL: 5

 

ARTÍCULO 2º.- Dispónese a partir de la fecha del presente Decreto, la incorporación a la planta de personal permanente de la Jurisdicción “C” del Ministerio de Hacienda y Finanzas, de los agentes que se detallan en el Anexo Único que integra el presente, en la unidad de organización, categoría, escalafón, agrupamiento y con los adicionales que en cada caso se indican, dando por finalizado los vínculos contractuales que actualmente mantienen los agentes con la Administración Pública Provincial, todo ello de conformidad a las razones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 3º.- Déjese establecido que la asignación de los adicionales por Jefatura no generan inamovilidad o estabilidad alguna en la misma, pudiendo dejarse sin efecto por motivos de funcionamiento operativo y técnico o por estrictas razones de servicio que así lo justifiquen.-

ARTÍCULO 4º.- Autoricese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a través de la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la creación de los cargos correspondientes para cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 5º.- La erogación que demande el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gastos en Personal asignadas en el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos, Ejercicio 2025, Ley N° 6.440, autorizando a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la Partida “Personal Contratado”, correspondiente a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización:

  • 1 Ministerio.
  • 2 A Contaduría de la Provincia.
  • 2 B Tesorería de la Provincia.

 

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación. Siga a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el presente ordenamiento. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión y a conocimiento de la Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR