BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 12/11/2025

El Dr. Matías Leonardo Nieto- Juez en Juzgado de Primera Instancia Nº 8- Secretaría 15, en el expediente D-056653/2025, caratulado: “MONITORIO FUNDADO EN TITULOS VALORES: CREDIL S.R.L. c/ PISAYA, LORENA GISELA”, notifica a la Sra. Lorena Gisela Pisaya – DNI Nº 26.697.941, de la providencia que a continuación se transcribe: San Pedro de Jujuy, 17 de octubre de 2025 I.- Habiendo la parte actora de autos agotado todas las vías para notificar a la demandada de la sentencia monitoria de fecha 07 de agosto de 2025, a lo solicitado mediante el escrito digital Nº 1975368 ha lugar, en consecuencia, notifíquese a la accionada Sra. Lorena Gisela Pisaya – DNI Nº 26.697.941, mediante edictos a publicarse por un (1) día en el Boletín Oficial y en un diario local de la Provincia de Jujuy (arts. 178 y 179 del C.P.C.C.), que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8 – Secretaría Nº 15 se tramita la presente causa e intímese a la misma al pago por la suma de trescientos cuarenta y un mil doscientos ochenta ($341.280,00), con más intereses y costas, notificándose a su vez la resolución monitoria de fecha 07 de agosto de 2025. II.-… III.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Matías Leonardo Nieto- Juez- Ante mí: Dra. Moriana Abraham Miranda- Secretaria.- Es Copia Otra Resolución: San Pedro de Jujuy, 07 de agosto de 2025 Autos y Vistos:… Resulta:… Considerando:…Resuelve: I.- Hacer lugar a la presente ejecución monitoria interpuesta por CREDIL S.R.L, en contra de la Sra. Lorena Gisela Pisaya – DNI Nº 26.697.941, hasta hacerse al acreedor íntegro pago de capital reclamado de pesos trescientos cuarenta y un mil doscientos ochenta ($341.280). A dicho monto deberá adicionarse un interés conforme a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago, en carácter de intereses moratorios. II.- Hacer saber al ejecutado que, en el plazo de cinco (5) días hábiles contados desde su notificación, deberá constituir domicilio legal y optar entre: a) Cumplir la condena monitoria depositando el capital e intereses a cuenta y sujeto a la liquidación definitiva, o acreditar su cumplimiento si dicho pago se efectuare extrajudicialmente o; b)Formular oposición deduciendo las excepciones previstas por el art. 528 del C.P.C., o las que admitan la legislación referente al título, invocando los hechos y el derecho que obstan a la procedencia de la pretensión del actor y agregar la prueba de que intente valerse, bajo apercibimiento de que la sentencia pase en autoridad de cosa juzgada formal (art. 482 del C.P.C.C.). III.- Imponer las costas al ejecutado vencido (art. 128 del C.P.C.C.) IV.- Diferir la regulación de los honorarios de la letrada interviniente hasta tanto se cuente con planilla de liquidación definitiva (acda. Nº 30/84 del Excmo. S.T.J. y art. 58 de la ley 6.368/23). V.- Se deja constancia que la presente sentencia monitoria fue pronunciada en base a la información brindada por el peticionante, con la prueba sólo por él aportada, y que lo ordenado dará lugar a ejecución, excepto que el requerido formule oposición (art. 488 C.P.C.C.) VI.- Hacer saber al requerido que, en caso de no presentarse en estos autos y constituir domicilio en legal forma, se continuará el trámite notificándolo en forma automática y por ministerio de ley de todas las resoluciones posteriores (art. 481 CPCC), con excepción de aquellas disposiciones que el juzgado disponga expresamente que sean notificadas en el domicilio real. VII.- Líbrese mandamiento ordenando la notificación de la presente sentencia monitoria, como la intimación de pago, con las formalidades de ley, debiendo acompañarse copias de la presente resolución al momento de notificar la misma, agregándose asimismo las copias del escrito de demanda y de la documental acompañada. VIII.- Registrar, protocolizar, hacer saber y dar copia. Fdo. Dr. Matías Leonardo Nieto- Juez- Ante mí: Dra. Moriana Abraham Miranda- Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por un día.- San Pedro de Jujuy, 17 de Octubre de 2025 Ante Mí: Dra. Moriana Abraham Miranda- Secretaria de Primera Instancia.-

 

12 NOV. LIQ. Nº 41972 $1.600,00.-