BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 12/11/2025

CONTRATO DE UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS: Entre VEQUZ O&S S.R.L., representada en este acto por el Sr. Jorge René Vásquez, DNI Nº 28.537.086, en su carácter de Apoderado, con domicilio en calle Los Manantiales Nº 857, Bº Chijra, Ciudad de San Salvador de Jujuy; y ABSCAFRA S.A., representada en este acto por los Sres. César Nicolás Scaro, DNI Nº 36.225.738, y Luis Juan Franco, DNI Nº 37.777.816, en sus caracteres de Apoderados, con domicilio en calle San Martín Nº 1176, Piso 3G, Ciudad de San Salvador de Jujuy; quienes de aquí en adelante se denominarán conjuntamente la UTE”, convienen en celebrar el presente contrato de Unión Transitoria de Empresas, en adelante UTE, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 377 y siguientes de la Ley Nº 19.550, bajo las siguientes cláusulas: PRIMERA: Denominación La denominación de la UTE será “SAFE MINING UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS”.- SEGUNDA: Objeto El objeto de la UTE será desarrollar tareas relacionadas con la prestación de asistencia en emergencias médicas, consultas médicas y traslados sanitarios en el territorio nacional. A tal efecto, la UTE podrá. Celebrar todo tipo de actos jurídicos lícitos vinculados, directa o indirectamente, con su objeto. Contratar con proveedores de bienes y servicios especializados. Incorporar personal profesional necesario con entidades financieras, nacionales o extranjeras, garantías y fianzas que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto. La JUTE deberá concentrar exclusivamente su actividad en la de dicho objeto. TERCERA: Aportes de los miembros Los miembros se comprometen a aportar a la UTE prestaciones Ambos miembros realizarán aportes en dinero para la constitución del fondo común operativo y la financiación de las actividades comunes de la UTE: VEQUZ: $50.000 (cincuenta mil pesos). ABSCAFRA: $50.000 (cincuenta mil pesos). Las obligaciones impositivas derivadas de los resultados de la actividad serán asumidas individualmente por cada miembro en proporción a su participación (50% – 50%). CUARTA: Plazo de duración La UTE tendrá una duración de cuatro (4) años, sin perjuicio de la posibilidad de que los miembros constituyan en el futuro una sociedad para continuar con la prestación del objeto contractual, si así lo resolvieran por unanimidad. QUINTA: Domicilio especial Se fija como domicilio especial de la UTE el de calle Los Manantiales Nº 857, Bº Chijra, Ciudad de San Salvador de Jujuy, el cual tendrá plena validez frente a terceros y entre las partes. SEXTA: Representación y apoderados Se designan como Representantes de la UTE a: Sr. Luis Juan Franco, DNI Nº 37.777.816, Sr. Gabriel Álvaro Bernal, DNI N O 26.816.191. Asimismo, se designan como Apoderados de la UT E, con facultades conferidas por escritura pública, a los Sres. Jorge René Vásquez, DNI 28.537.086.César Nicolás Scaro, DNI 36.225.738.Luis Juan Franco, DNI 37.777.816.- Quienes deberán actuar en forma conjunta. SÉPTIMA: Funciones del representante Serán funciones del representante: Exigir el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los miembros. Administrar el fondo común operativo. Representar legalmente a la UTE. Confeccionar balances y estados de situación. Llevar libros de comercio habilitados a nombre de la UTE. Convocar a reuniones de miembros cuando lo considere necesario. Ejecutar todos los actos tendientes al cumplimiento del objeto de la UTE.  OCTAVA: Exclusión de miembros Podrán ser excluidos los miembros que incumplan con sus prestaciones, previa intimación fehaciente. La exclusión deberá ser resuelta por unanimidad de los restantes. El reemplazante deberá reunir las condiciones necesarias para el objeto de la UTE. NOVENA: Ejercicio contable y distribución de utilidades El ejercicio contable cerrará el 31 de marzo de cada año. El representante presentará un estado de situación dentro de los tres meses siguientes, que será sometido a la decisión de los miembros en reunión formal. Las utilidades netas, deducidos gastos operativos y correspondientes, se distribuirán en proporción a la participa miembro (50% – 50%). DÉCIMA: Reuniones Los miembros se reunirán al menos tres veces al año, o cuando lo exijan las circunstancias, para tratar los temas de gestión de la UTE. Las citaciones deberán cursarse con una antelación mínima de 10 días corridos, indicando fecha, hora, lugar y orden del día. DÉCIMO PRIMERA: Actas De cada reunión se labrará un acta en un libro rubricado a nombre de la UTE. Las decisiones se adoptarán por unanimidad de los miembros presentes. En caso de segunda convocatoria, podrán resolverse por mayoría de presentes. DÉCIMO SEGUNDA: Derecho de información Cualquier miembro podrá requerir informes al representante sobre los asuntos de la UTE.- DÉCIMO TERCERA: Extinción y liquidación El contrato quedará extinguido: Al vencimiento del plazo convenido. Por transformación en sociedad. En caso de extinción, el representante confeccionará el estado final de situación y actuará como liquidador. Los bienes aportados en propiedad se devolverán a sus titulares; los adquiridos por la UTE se venderán y los saldos líquidos se distribuirán entre los miembros en proporción a sus aportes (50% – 50%). DÉCIMO CUARTA: Jurisdicción Para toda divergencia derivada de este contrato, las partes la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad de de Jujuy, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.- En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los tres días del mes de Septiembre del año 2025.- ACT. NOT. Nº B 00956647- ESC. MARIA CELESTE PEREZ- TIT. REG. Nº 91- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 891-DPSC-2025- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-463/2025 – ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 03 de noviembre del 2025.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

12 NOV. LIQ. Nº 41934 $3.700,00.-