BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 12/11/2025
CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES DE DIVERGENCIA CONSULTING S.A.S Entre el Sr. LEANDRO BERNIS, DNI N° 36.182.981, CUIT 20-36182981-7, argentino, soltero, Licenciado en Administración, con domicilio en calle Puerto Rico N° 701, Barrio Ciudad de Nieva, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, y el Sr. MATÍAS ALFREDO RIVAS, DNI N°36.048.988, CUIT 20-36048988-5, argentino, soltero, Contador Público, con domicilio en calle República del Uruguay N° 1862, Barrio Alto Padilla, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, en calidad de CEDENTE y CESIONARIO, respectivamente, convienen lo siguiente: PRIMERO: El Sr. LEANDRO BERNIS es titular de la cantidad de 25.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase B con derecho a un voto por acción. El Sr. MATÍAS A. RIVAS es titular de la cantidad de 25.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase B con derecho a un voto por acción. Ambos son los únicos socios y titulares de la totalidad del paquete accionario de “DIVERGENCIA CONSULTING S.A.S” SEGUNDO: El Sr. Leandro Bernis cede y transfiere por este acto al Sr. Matías Alfredo Rivas la totalidad de sus 25.000 acciones ordinarias, nominativas y no endosables de la clase B de la firma DIVERGENCIA CONSULTING S.A.S. Por su parte, el Sr. Matías Alfredo Rivas acepta la cesión a su favor y, por ese motivo, queda como único titular del 100% del capital social de la sociedad. TERCERO: La presente cesión se realiza en forma gratuita en razón de que la firma “DIVERGENCIA CONSULTING S.A.S” no ha tenido ninguna actividad económica hasta el presente. Por lo tanto, el cedente renuncia expresamente a formular cualquier reclamo de pago o indemnización presente o futura en relación con esta cesión. El cesionario acepta la cesión en los términos aquí establecidos, reconociendo que no se ha efectuado pago alguno por la transferencia de las acciones. CUARTO: Se deja constancia que se ha comunicado la presente cesión a la sociedad, la que ha realizado el asiento correspondiente en el libro de registro de acciones de la firma. QUINTO: Para todos los efectos legales y judiciales que pudieran derivar del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los jueces ordinarios de esta ciudad, y para iguales fines constituyen domicilio en los indicados al comienzo. Las partes prestan total conformidad. En consecuencia, se firman cuatro ejemplares, un original y tres copias, a los días del mes de agosto del año 2024.- ESC. MARIA CELESTE PEREZ- TIT. REG. Nº 91- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 887-DPSC-2025- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-168/2025 – ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 28 de Octubre del 2025.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
12 NOV. LIQ. Nº 41991 $2.400,00.-









