BOLETIN OFICIAL Nº 130 – 07/11/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 2562.25.040 .-
EXPEDIENTE Nº 16 – 16886 – 2025 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 17 OCT. 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8196/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 12/2025 de fecha 25 de Septiembre de 2025, mediante el cual se crea en el ámbito del Municipio de San Salvador de Jujuy el Régimen de Prevención y Control de Ruidos Vehiculares, aplicable a los vehículos automotores en las categorías L, M y N del Anexo A del Decreto Nacional N° 779/1995, incluyendo expresamente motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos, automóviles, camionetas, camiones y colectivos; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8196/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 12/2025 de fecha 25 de Septiembre de 2025, mediante la cual se crea en el ámbito del Municipio de San Salvador de Jujuy el Régimen de Prevención y Control de Ruidos Vehiculares, aplicable a los vehículos automotores comprendidos en las categorías L, M y N del Anexo A del Decreto Nacional N° 779/1995, incluyendo expresamente motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos, automóviles, camionetas, camiones y colectivos.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Servicios Públicos, a la Coordinación General de Comunicación Municipal y al Juzgado de Faltas Municipales. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente









