BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/16

Centro Judicial San Pedro De Jujuy Cámara Civil Y Comercial – Sala IV Vocalía Nº 11- Dr. Alberto Raúl Alfaro, en el EXPTE. Nº D-008602/14 caratulado: “Ordinario por Cobro de Pesos: Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (S.A.D.A.I.C.) c. Roberto Salvador Fayos”, procede a notificar la siguiente resolución.- “En la ciudad de San Pedro de Jujuy, a 16 de agosto de 2016. I-Atento las constancias de autos y proveyendo a lo solicitado por la Dra. Paola V. Gimenez Leonardi Cattolica a fs. 108/109, notifíquese a Roberto Salvador Fayos D.N.I. Nº 11.883.495 por edictos, disponiéndose la publicación de los mismos por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial (art. 162 C.P.C.).-Fdo. Dr. Alberto Raúl Alfaro-Presidente de Trámite-Ante Mí-Dra. Mónica Valeria Cabello-Prosecretaria.- “San Pedro de Jujuy, 04 de febrero de 2015.- I.-Por presentada la Dra. Paola Virginia Gimenez Leonardi Cattolica; por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de S.A.D.A.I.C. Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música, a mérito de copia juramentada de Poder General para Juicios que se acompaña a fs. 2/3/4/5/6.- II.-Atento la Demanda Ordinaria por Cobro de Pesos por la suma de Pesos Doce Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete con 62/100 CTVS. ($12.447,62 ctvs.) incoada en contra de Roberto Salvador Fayos, con domicilio en calle Serapio Soria Nº 409 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, en su carácter de propietario y explotador de Confitería La Española sita en Alsina Nº 211 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, admítase la misma, que se tramitará conforme las normas del Juicio Ordinario Oral (art. 287 del Cod. Proc. Civil).- III.-Córrase traslado de la demanda interpuesta al accionado con las copias respectivas, en el domicilio denunciado para que la conteste en el plazo de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere (art. 298 Cod. Proc. Civil), intimándolo asimismo a que constituyan domicilio legal en el radio de 3 Km. del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones -cualesquiera fuere su naturaleza-, por Ministerio de ley (art. 52 Cod. Proc. Civil).-  IV.-Resérvese en Secretaría los instrumentos de prueba que en sus originales da cuenta el cargo precedente.- V.-Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- VI.- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dr. Alberto Raúl Alfaro-Juez- Ante mi: Esc. Guillermo Giménez Otero- Prosecretario.- Publíquese mediante edictos por tres (3) veces en cinco (5) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 06 de septiembre de 2016.-

 

03/05/07 OCT. LIQ. Nº 120628 $270,00.-