BOLETIN OFICIAL Nº 129 – 05/11/2025
El Dr/a. juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 4 – Secretaría 7, en el expediente C-209007/2022, caratulado: “Ejecutivo: CREDIL S.R.L. c/ MELIAN, DIEGO MARTIN”, notifica a MELIÁN DIEGO MARTÍN D.N.I. Nº 27.220.524, de la providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 19 de mayo del 2023.- Encabezamiento:…Antecedentes…. Fundamentos:….Parte Dispositiva: 1º) Mandar a llevar adelante la ejecución seguida por CREDIL S.R.L. en contra del DIEGO MARTÍN MELIÁN – D.N.I. Nro. 27.220.524, hasta que la primera se haga íntegro pago de la suma de pesos $90.000,00.- con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro” (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235), desde la mora, acaecida el día 09/05/2022, hasta el efectivo pago, y como punitorios, al haber sido los mismos pactados, se fijan en un 50% de los moratorios, más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas a la parte demandada en su carácter de vencida (Art. 102 del C.P.C).- 3º) Que, en lo que respecta a los honorarios del letrado interviniente, los mismos se diferirán hasta tanto exista en autos planilla aprobada, siguiendo lo establecido en el Art. 24 y 58 de la Ley Nº 6112.- 4º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana, Juez, ante mi Dr. Camilo Soaje.- Publíquese por un día en el Boletín Oficial y en un diario local, haciendo saber al demandado que deberá presentarse para hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele Defensor Oficial como su representante, con quien se seguirá el juicio.- San Salvador de Jujuy, 8 de Octubre del 2025.-
05 NOV. LIQ. Nº 41909 $1.600,00.-









