BOLETIN OFICIAL Nº 127 – 31/10/2025

DECRETO Nº 4074-S/2025.-

EXPTE Nº 725-167/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 OCT. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Tengase por aceptada la renucnia presentada por la Dra Selva Soledad Palavecino, CUIT N° 23-30169173-4, al cargo categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, que detentaba en carácter de personal interino en la U. de O.: R6-01-15 Hospital General Belgrano, a partir del 01 de julio de 2022, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Téngase por designada en carácter de personal intérino a la Dra. Selva Soledad Palavecino, CUIT N° 23-30169173-4, en el cargo categoría A 95?; Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funcioné de médica en la U. de O.: R6-01-13 Hospital Maimara, a partir del 01 de julio de 2022 y hasta el llamado a concurso correspondiente, de conformidad a lo expresado enrér exordio.-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que la Dirección del Hospital Maimara deberá solicitar por el área pertinente, la constancia que acredite el bloqueo de título de la Dra. Selva Soledad Palavecino, como requisito indispensable para la posesión del cargo individualizado en el artículo 2°. –

ARTÍCULO 4°.- La erogación del presente tramite, se atiende con las partidas previstas en los respectivos Presupuestos Generales de Gastos y Cálculos de Recursos, que a continuación se indican:

 

EJERCICIOS: 2022 – Lev N° 6256, 2023 – Ley N° 6325, 2024 – N° 6371 y 2025  Ley N°6440

Las partidas de Gastos en Personal, en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: 6-01-13 Hospital Maimara.-

En caso de que en los Ejercicios Anteriores no haya sido liquidada y abonada la designación interina que se trata, la misma se atendería con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recurso vigente:

 

EJERCICIOS ANTERIORES:

Deuda Pública Provincial “03-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-

 

ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR