BOLETIN OFICIAL Nº 126 – 29/10/2025
ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS N° 41: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 18 días del mes de Julio de 2022, siendo las 18 horas, se reúnen en la sede social sita en la calle Lamadrid N° 191 los señores Accionistas de SICOM S.A. (la “Sociedad”), que en conjunto representan el 100% del capital social y votos de la Sociedad. Preside la reunión el Sr. Presidente Raúl Esteban Zarif, quien declara legalmente constituida la Asamblea, y seguidamente pone a consideración de los presentes el primer punto del Orden del Día: 1) Designación de los accionistas para firmar el Acta de Asamblea: Por unanimidad de los accionistas presentes, se designa al Sr. Jorge Zarif y al Sr. Salvador Meyer para firmar la presente Acta de Asamblea. A continuación, pasan a considerar el segundo punto del Orden del Día: 2) Consideración del ingreso de la Sociedad al régimen general de oferta pública como emisor de obligaciones negociables: Toma la palabra el Sr. Presidente, quien manifiesta que, en virtud de las actuales condiciones de mercado de capitales y a fin de obtener financiamiento, resulta pertinente que la Sociedad resuelva ingresar al régimen de oferta pública de valores negociables, en los términos de la Ley N° 26.831 y sus modificatorias (la “Ley de Mercado de Capitales”) y las disposiciones contenidas en las Normas de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) (N.T. 2013) y sus normas modificatorias y complementarias (las “Normas de la CNV”), y el Decreto N° 1023/2013 (y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias), y la inscripción de la Sociedad en el registro especial para constituir programas globales de emisiones de obligaciones negociables previsto en la Sección IV, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV. En el marco del programa se procurará colocar mediante oferta pública una o más clases y/o series de obligaciones negociables durante su plazo de vigencia para atender las necesidades de financiamiento de la Sociedad. Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad: a) el ingreso de la Sociedad al régimen general de oferta pública como emisor de obligaciones negociables, en los términos dispuestos en la Ley de Mercado de Capitales y las disposiciones contenidas en las Normas de la CNV y el Decreto N° 1023/2013; b) solicitar la correspondiente autorización de ingreso al régimen general de oferta pública como emisor de obligaciones negociables ante la CNV, a criterio del Directorio o de las personas que éste órgano designe; y c) delegar en el Directorio y en las personas que éste designe, la realización de todas las gestiones necesarias a tal fin. Acto seguido, el Sr. Presidente pone a consideración el tercer punto del Orden del Día: 3) Consideración de la creación de un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (No Convertibles en Acciones) por un monto máximo de hasta US$6.500.000 (Dólares estadounidenses Seis Millones Quinientos) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) en circulación en cualquier momento, en el marco del cual la Sociedad podrá, conforme a la Ley N° 23.576, y sus modificatorias, reglamentarias y demás normas vigentes, emitir distintas clases y/o series de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con garantía común, especial y/o flotante, y con o sin garantía de terceros (el “Programa”): El Sr. Presidente expone que, a efectos de obtener financiación a través de los mercados de capitales locales y/o internacionales el Directorio, en su reunión de fecha 15 de Julio de 2022, dispuso someter a consideración de la Asamblea de Accionistas la creación de un programa global de emisión de obligaciones negociables simples (No Convertibles en Acciones) por un monto máximo de hasta US$6.500.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor), en circulación en cualquier momento. En tal sentido, el Sr. Presidente informa que resulta conveniente a los intereses sociales abrir un nuevo canal de financiamiento para la Sociedad, siendo que la principal ventaja de la creación del Programa reside en que la Sociedad pueda emitir obligaciones negociables en uno o más clases y/o series hasta el monto máximo autorizado, pudiendo el Directorio de la Sociedad decidir los términos y condiciones específicos de cada clase y/o serie. De tal forma, la Sociedad obtiene flexibilidad y agilidad necesaria para acceder a los mercados de capitales locales e internacionales en el momento más conveniente, de acuerdo a las necesidades de financiamiento y las condiciones financieras de tales mercados. En consecuencia, la propuesta que se somete a consideración consiste en aprobar la creación de un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (No Convertibles en Acciones) por un Valor Nominal de hasta US$ 6.500.000 (Dólares estadounidenses Seis Millones Quinientos) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) en circulación, en el marco del cual la Sociedad podrá, conforme a la Ley N° 23.576, y sus modificatorias, reglamentarias (la “Ley de Obligaciones Negociables”) y demás normas vigentes, emitir distintas clases y/o series de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con garantía común, especial y/o flotante, y con o sin garantía de terceros. Luego de una deliberación, la propuesta es aprobada por unanimidad. El Sr. Presidente pone a consideración de los Sres. Accionistas el cuarto punto del Orden del Día: 4) Delegación de las más amplias facultades en el Directorio de la Sociedad: El Sr. Presidente informa sobre la conveniencia de delegar en el Directorio las facultades para la determinación de los restantes términos y condiciones del Programa, conforme lo permite el artículo 9 de la Ley de Obligaciones Negociables, así como también aquellas facultades necesarias para decidir en cada caso para: (i) la emisión y colocación de las obligaciones negociables, dentro del monto máximo fijado por esta Asamblea de Accionistas y establecer las restantes condiciones de emisión del Programa, y de cada clase y/o serie incluyendo, sin carácter limitativo, monto del Programa y de cada emisión bajo el mismo, moneda, época, plazo, precio, tasa de interés, forma, condiciones de pago, y demás términos y condiciones de los valores negociables a emitir; (ii) solicitar la autorización de oferta pública de las obligaciones negociables a emitirse en el marco del Programa a la CNV y/u organismos similares del exterior; (iii) solicitar aprobación del Programa por un mercado organizado y/o el listado y la negociación de una o más clases y/u series de obligaciones negociables a los mercados organizados de Argentina, y/o en una o más bolsas y/o mercados del exterior; (iv) determinar el destino de los fondos de cada una de las clases y/o series de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa, teniendo en cuenta los destinos de fondos resueltos en la Asamblea; (v) celebrar los contratos relativos a la creación del Programa, emisión y colocación de las obligaciones negociables, incluyendo sin limitación la contratación de las calificadores de riesgo a los efectos de la calificación de cada clase y/o series de obligaciones negociables, suscribiendo estas personas o quienes ellos designen cualquier documentación necesaria y/o conveniente a esos efectos y realizar cualquier modificación a la misma, así como en relación con el pago, registro y custodia de las obligaciones negociables; (vi) suscribir los prospectos y/o suplementos de prospecto, y contratar con sociedades calificadoras de riesgo; (vii) realizar cuanto acto sea necesario para implementar las facultades antes mencionadas, con la posibilidad de que el Directorio subdelegue en uno o más de sus integrantes y/o en uno o más de los directores de primera línea de la Sociedad designados en los términos del artículo 270 de la Ley N° 19.550, de conformidad a la normativa vigente aplicable, el ejercicio de la totalidad de las facultades referidas en esta propuesta; y (viii) realizar, por intermedio de cualquiera de los miembros del Directorio o de las personas que se designen, todos los trámites pertinentes ante la CNV, Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”), Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”), Caja de Valores S.A. (“CVSA”) y/u otras entidades equivalentes del país o del exterior, y cualquier otro acto, gestión, presentación y/o trámite relacionado con la creación del Programa y/o la emisión de las obligaciones negociables bajo el mismo. Puesta a consideración, la propuesta es aprobada por unanimidad de los Sres. Accionistas. A continuación, el Sr. Presidente pone a consideración el quinto punto del Orden del Día: 5) Designación de miembros titulares y suplentes de la Comisión Fiscalizadora: En virtud del ingreso de la Sociedad al régimen general de oferta pública como emisor de obligaciones negociables y conforme lo dispuesto en el art. 12 del estatuto, los artículos 290 y 284 de la Ley N° 19.550 y las Normas de la CNV, resulta necesario contar con una Comisión Fiscalizadora a los efectos de dar cumplimiento con la normativa aplicable. En este sentido, los Sres. Accionistas, de común acuerdo y por unanimidad, resolvieron designar a los Sres. Marcos Montaldi, Marcelo Hubaide y Carina Mendia como Síndicos titulares y a los Sres. Hugo Bohm, Ines Sevilla y Mariela Ceballos como Síndicos suplentes, por 3 ejercicios. Los Sres. Síndicos aceptan los cargos para los que fueron designados firmando al pie del presente y constituyen domicilio especial en Lamadrid N° 191 San Salvador de Jujuy – Jujuy.- El Sr. Presidente pone a consideración el sexto y último punto del Orden del Día: 6) Autorizaciones. Los señores accionistas resolvieron por unanimidad, autorizar a , Alexia Rosenthal, Jaime Uranga, Juan Sanguinetti, Rocío Carrica, Ignacio Nantes, Ignacio Criado Díaz, Mariana Troncoso, Pilar Domínguez Pose Carolina Mercero, Teófilo Trusso, Juan Manuel Simó, Agustín Astudillo, Matías Molina y/o a quienes estos designen para que cualquiera de ellos, actuando en forma individual e indistinta, puedan cumplir con las formalidades necesarias a los fines de realizar la inscripción de las precedentes resoluciones de asamblea, con facultad para realizar todos los actos necesarios para obtener la aprobación y registro de la presente asamblea, con facultad para suscribir dictámenes profesionales, escritos, edictos y demás documentos públicos o privados que fuere menester para efectuar las publicaciones de ley y obtener las correspondientes autorizaciones para el Programa, ante la Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy o aquél que correspondiera y/o Comisión Nacional de Valores y/o Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y/o Mercado Abierto Electrónico S.A. y/o ante cualquier otro mercado u organismo que fuera necesario. La propuesta es aprobada por los accionistas por unanimidad de votos presentes. Finalmente, el Sr. Presidente destaca que la presente Asamblea tiene plena fuerza legal conforme a lo dispuesto por el art. 237 de la ley 19.550, no obstante no haber sido convocada mediante la publicación de ley, en virtud de encontrase presentes el 100% del capital social y sus decisiones adoptadas por unanimidad. No habiendo más asuntos que tratar se cierra el acta siendo las 19 horas, agradeciendo a los Sres. Accionistas su concurrencia, previa lectura y ratificación de la presente acta.- ESC. LUIS HORACIO VERDUN- ADS. REG. Nº 67- S. S. DE JUJUY.-
RESOLUCION Nº 838-DPSC-2025- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-092-2024 – ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 17 de Octubre del 2025.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
29 OCT. LIQ. Nº 41821 $2.900,00.-









