BOLETIN OFICIAL Nº 126 – 29/10/2025
CONTRATO DE CESIÓN PARCIAL DE CUOTAS SOCIALES: Entre DIEGO BERNO, argentino, nacido el 03/03/1983, soltero, DNI Nº 29.741.168, CUIL Nº 20-29741168-4, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Belgrano Nº 706 de la ciudad de El Carmen, jurisdicción del Departamento de El Carmen de esta Provincia, en adelante El CEDENTE, por una parte y por la otra parte NOELIA BERNO, argentina, nacida el 30/10/1980, DNI Nº 28.187.121, CUIL Nº 27-28187121-3, de profesión comerciante, casada en primeras nupcias con Gustavo Marcelo Camú, con domicilio real en calle El Viñedo s/n, Bº El Cortijo de ésta ciudad; MARTIN BERNO, argentino, nacido el 25/08/1987, soltero, DNI Nº 33.252.717, CUIL Nº 20-33252717-8, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Belgrano Nº 789 de la Ciudad de El Carmen, jurisdicción del Departamento de El Carmen de esta Provincia; en adelante LOS CESIONARIOS, todos ellos socios de la sociedad BERNO SRL, con domicilio legal en calle Coronel Arenas Nº 701 de la ciudad de El Carmen, Provincia de Jujuy, inscripta en el Registro Público bajo el número de Folio 18, Acta Nº 18 del Libro VII de S.R.L. y Asiento Nº 9, Folio 98/105, Legajo XXV- T. II de Escrituras Mercantiles de S.R.L. de fecha 01 de Febrero de 2021, en adelante LA SOCIEDAD, convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:- PRIMERA: El Cedente manifiesta que es titular de 2.000 cuotas sociales de la Sociedad, con un valor nominal de $ 100 cada una, representando el 33,33% del TOTAL del capital social. Por este acto, el Cedente cede y transfiere en forma parcial a favor de los Cesionarios las siguientes cuotas: a) A favor de NOELIA BERNO: 950 cuotas sociales, equivalentes al 47,5% del capital social del que es titular.- b) A favor de MARTIN BERNO: 950 cuotas sociales, equivalentes al 47,5% del capital social del que es titular. Luego de efectuada esta cesión, el Cedente conservará la titularidad de 100 cuotas sociales, equivalentes al 5% del capital social.- SEGUNDA: El precio total de la cesión asciende a la suma de $190.000, que los Cesionarios abonan al Cedente en este acto, Noelia Berno abona $95.000 y Martín Berno abona $95.000, en efectivo, en moneda de curso legal, a razón de $100 por cada cuota social, sirviendo el presente de recibo y carta de pago. TERCERA: El cedente declara que la presente cesión y venta incluye la totalidad de los derechos de suscripción y preferencia que correspondan a dichas cuotas partes, como así también cede todos los saldos pendientes acreedores o deudores de sus cuentas particulares y/o dividendos o beneficios no percibidos, en el supuesto que los hubiere o pudiere corresponderles por el corriente ejercicio y por los ejercicios anteriores, renunciando a todos no tiene reclamo alguno que sus derechos y declarando que formular. CUARTA: El cedente y los cesionarios, declaran que a través de los estados contables comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de LA SOCIEDAD que aceptan y ratifican totalmente.- QUINTA: El cedente declara: (a) que no está inhibido para disponer de sus bienes; (b) que otras restricciones las cuotas partes cedidas se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones a la libre disposición. SEXTA: Como consecuencia de esta cesión, se modifica la cláusula correspondiente a la composición del capital social de Berno S.R.L., la que quedará redactada de la siguiente manera: El Capital Social se establece en común acuerdo entre las partes, en la suma de Pesos Seiscientos Mil ($600.000) divididos en seis mil (6.000) cuotas sociales de Pesos Cien ($100) cada una y con derecho a voto por cuota.- Los socios suscriben el ciento por ciento del capital social, integrado de la siguiente manera: 2.950 cuotas sociales de Pesos cien ($100) correspondientes a Noelia Berno, o sea Doscientos Noventa y Cinco Mil Pesos ($295.000); 2.950 cuotas sociales de Pesos cien ($100) correspondientes a Martín Berno, o sea Doscientos Noventa y Cinco Mil Pesos ($295.000) y 100 cuotas sociales de Pesos cien ($100) correspondientes a Diego Berno, o sea Diez Mil Pesos ($10.000).- La sociedad podrá aumentar el capital cuando el giro comercial lo requiera, mediante acuerdo unánime, oportunidad en que fijará el monto y plazo para su integración.- En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los días del mes de Agosto de 2025.- ACT. NOT. N° B 00954639- ESC. MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA- TIT. REG. N° 32- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-
RESOLUCION Nº 840-DPSC-2025.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-516/2025.-
San Salvador de Jujuy, 20 de Octubre de 2025.-
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante la cual la Sra. NOELIA BERNO, en carácter de Socia de la firma “BERNO S.R.L.”, solicita INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES y
CONSIDERANDO:
Que, para la etapa procesal administrativa pertinente y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-
Por ello:
EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR, la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de fecha 21 de agosto de 2025 y Acta de Reunión de Socios de fecha 4 de Agosto de 2025 de “BERNO S.R.L.”.-
ARTICULO 2: Diligencias a cargo de la Sra. NOELIA BERNO.-
ARTICULO 3°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
29 OCT. LIQ. Nº 41792 $3.700,00.-









