BOLETIN OFICIAL Nº 126 – 29/10/2025

El Dr. Jorge Daniel Alsina – Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala II – Vocalía 5, de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, en el expediente B-251.701/2011, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: PUCA, ESTEBAN ABEL c/ MAMANI DE RIOS, TELESFORA y PUCA, LAURATINA NORMA, ha dictado la siguiente providencia:  Despacho, 20 de agosto del año 2025. Informo a Ud. que se notificó el traslado de demanda mediante edictos, a los herederos de quien en vida fuere Telesfora Mamaní de los Ríos conforme surge del S.I.G.J., y el plazo para sus comparecencias se encuentra vencido. SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2025. I– Proveyendo al escrito Nº 1842259: Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Dr. TOMAS AGUSTIN SNOPEK, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 17/05/2024 y dése por decaído el derecho a contestar demanda a los herederos de quien en vida fuere Telesfora Mamaní de los Ríos.II- Firme, desígnese al Defensor Oficial Civil que por turno corresponda, para actuar en nombre y representación de los herederos de quien en vida fuere Telesfora Mamaní de los Ríos. III- Actuando en autos el principio contenido en los arts. 63 y 85 del C.P.C.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar la diligencia ordenada para su posterior control y firma por Secretaría la que deberá presentarse como diligencia colaborativa a través del S.I.G.J. IV– Notifíquese por cédula y a los herederos de quien en vida fuere Telesfora Mamaní de los Ríos mediante edictos. V- Notifíquese por cédula. Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario de la Provincia de Jujuy por tres veces en cinco días.-

 

27/29/31 OCT. LIQ. Nº 41788 $4.800,00.-