BOLETIN OFICIAL Nº 125 – 27/10/2025
El Dr/a. juez/a en Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalía 4, en el expediente C-071286/2016, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: GUTIERREZ, NESTOR y GUTIERREZ, WALTER MARTIN c/ ESTADO PROVINCIAL”, de la providencia que a continuación dse transcribe: San Salvador de Jujuy, 08 de Agosto de 2025. Y Visto: los Exptes. Nº C-33.478/14 y Nº C-71.286/16: “Prescripción: Gutiérrez, Benjamín y Vargas, Matilda c/ quienes se consideren de derecho y Estado Provincial” y Considerando:…Resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por BENJAMIN GUTIERREZ y MATILDE VARGAS y declarar que por el transcurso del tiempo adquirieron el inmueble individualizado como Padrón N° J-3434, Circunscripción 1, Sección 1, Parcela 16, Manzana 43 A, ubicado en la ciudad de Humahuaca (calle Catamarca S/N del Barrio Centro) y establecer el comienzo de la posesión el 23/03/82. 2. Imponer las costas por el orden causado y diferir la regulación de los honorarios profesionales. 3. Publicar la parte dispositiva y disponer la inscripción del dominio a nombre de GUTIERREZ, BENJAMIN (D.N.I. Nº 8.204.338) y VARGAS, MATILDE (D.N.I. Nº 9.638.634).- 4. Notificar por cédula.- Firmado por Mateo, Enrique Rogelio – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Firmado por Piniella, Rita Alejandra – Secretario de Primera Instancia” ACLARATORIA FECHA 21/08/25: “San Salvador de Jujuy, 21 de Agosto de 2025.- Y Visto:… Considerando: La Dra. Carolina Hebe Orrillo Federici deduce aclaratoria de la sentencia de fecha 08 de Agosto del año en curso (E.D. 1870234). Analizado el expediente se advierte que se ha omitido considerar la cesión de derechos efectuada por Benjamín Gutiérrez y Matilde Vargas a favor de Néstor y Martín Walter Gutiérrez, por lo tanto, corresponde hacer lugar a lo solicitado, consignar en el punto 1) que que se hace lugar a la demanda por prescripción adquisitiva de dominio promovida por NESTOR GUTIERREZ y WALTER MARTIN GUTIERREZ y declarar que por el transcurso del tiempo adquirieron el inmueble individualizado como Padrón N° J3434, Circunscripción 1, Sección 1, Parcela 16, Manzana 43 A, ubicado en la ciudad de Humahuaca (calle Catamarca S/N del Barrio Centro). Por lo expuesto la Vocalía Unipersonal Nº 4 de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Resuelve:1) Hacer lugar a lo solicitado en el E.D Nº 1870234 con el alcance dado en los considerandos. 2) Notificar por cédula. Firmado por Mateo, Enrique Rogelio – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Firmado por Piniella, Rita Alejandra – Secretario de Primera Instancia.-
27 OCT. LIQ. Nº 41769 $1.600,00.-









