BOLETIN OFICIAL Nº 123 – 22/10/2025

DECRETO Nº 4109-ISPTyV/2025.-

EXPTE. Nº 500-146/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 OCT. 2025.-

VISTO:

Las Leyes N°4.307 y N° 6.440, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección Provincial de SAME 107 presta funciones los 365 días del año, las 24 horas del día, bajo la modalidad de guardia de 24 horas de carácter activa y presencial;

Que, resulta necesario asegurar al personal del referido organismo una adecuada nutrición para el desempeño de sus funciones de manera efectiva;

Que, la Dirección Provincial de SAME 107 no cuenta con servicio de cocina en ninguna de sus Bases Operativas y Unidades Sanitarias de Emergencia (U.S.E) localizadas en diversos puntos de la provincia;

Que, actualmente la Dirección Provincial de SAME 107 suministra raciones alimentarias al personal operativo que cumple funciones de guardia de 24 horas a través de diversos proveedores con cargo a las partidas de rentas generales;

Que, es criterio sustituir el sistema de las referidas raciones alimentarias por el otorgamiento de un Módulo por Viandas, el cual permitirá optimizar el proceso administrativo relacionado con la provisión de raciones alimentarias al personal operativo de guardia de 24 horas;

Que, suministrar los recursos monetarios al personal operativo para el racionamiento alimentario, permitirá una mayor celeridad y calidad en la dotación de los mismos, significando esto último una mejora en las condiciones laborales de los agentes;

Que, dicha medida busca centralizar y simplificar los trámites

actualmente dispersos entre varios proveedores, facilitando la gestión, reduciendo la carga administrativa y contribuyendo a una mayor eficiencia en el uso de los recursos;

Que, la presente operatoria no implicará ningún gasto adicional para el Estado Provincial, ya que se financiará con la transferencia de los créditos presupuestarios con los que hoy se sostiene el sistema a reemplazar;

Por ello, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Créase el “Módulo por Viandas” para el personal operativo de la Dirección Provincial de SAME 107, que desempeñe funciones de emergencia bajo la modalidad de guardia de carácter activa y presencial, con el objeto de cubrir gastos de alimentación.

ARTÍCULO 2°.- Déjase establecido que el módulo creado en el artículo anterior será de carácter No Remunerativo y No Bonificable y tendrá un valor único por la suma de pesos diez mil ($ 10.000) por ración, independientemente de la categoría, agrupamiento y escalafón de revista del agente. El referido importe se actualizará en proporción a los incrementos de la pauta salarial que el Poder Ejecutivo acuerde.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la percepción del referido módulo será conforme se

detalla a continuación:

– Los agentes que cumplan guardias de doce (12) horas: una (1) ración.

– Los agentes que cumplan guardias de veinticuatro (24) horas: dos (2) raciones.

ARTÍCULO 4°.- La liquidación del “Móduk) por Viandas” estará a cargo de la Dirección Provincial de SAME 107 y se efectuará mensualmente, en el mes inmediato posterior al de la prestación, en proporción a las guardias efectivamente cumplidas por el agente.

ARTÍCULO 5°.- La erogación emergente del presente Decreto se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ley N° 6.440, que a continuación se indica:

 

EJERCICIO 2025:

JURISDICCION :    “R” MINISTERIO DE SALUD

U.de O.                       “R” 6-07 Direccion Provincial de SAME 107

Finalidad                     3  Salud

Funcion                        1 Atencion Medica

Seccion                          1 Erogacions Corrientes

Sector  :                         1 Operacion

Part. Principal               1 Personal

Part. Parcial                  1 Planta Permanente

P.S. Parcial                     2 Adicionales

P.S.S.Parcial               384 Adicional Vaindas y Comestibles – SAME 107

 

ARTICULO 6°.- Lo dispuesto en el presente Decreto regirá a partir de la fecha del mismo.-

ARTICULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para la publicación en forma integral y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Dirección Provincial de SAME 107. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR