BOLETIN OFICIAL Nº 123 – 22/10/2025
DECRETO Nº 3664-HF/2025.-
EXPTE. Nº 500-140/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 AGO. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fijénse, a partir del 1º de agosto de 2025, como único importe para el pago de la Asignación Familiar Por Hijo y Asignación por Escolaridad, los montos que se detallan a continuación:
- Asignación Familiar Por Hijo: pesos veintitrés mil setecientos cincuenta y cinco ($ 23.755).
- Asignación Familiar Por Hijo con capacidades diferentes: pesos noventa y cinco mil veinte ($ 95.020).
- Asignación por Escolaridad Hijo: pesos un mil quinientos sesenta y cinco ($ 1.565).
- Asignación por Escolaridad – Hijo con capacidades diferentes: pesos tres mil ciento treinta ($ 3.130).
ARTICULO 2º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Dirección Provincial de Personal las gestiones que -en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-
ARTICULO 4º.- Invítese a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR









