BOLETIN OFICIAL Nº 121 – 17/10/2025
Nº 69.- PRIMER TESTIMONIO.- ESCRITURA NUMERO SESENTA Y NUEVE.- CESION de CUOTAS SOCIALES DE “LA LUZ SRL” OTORGADA POR MONICA PATRICIA LOZANO A FAVOR DE MARCELO EZEQUIEL LOZANO.-En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los Doce días del mes de Julio del año Dos Mil Veinticuatro, ante mí NORMA DEL VALLE TORRES, Escribana Pública Titular del Registro CUARENTA ÑY SIETE con asiento en esta Ciudad, COMPARECEN: 1- El señor ROQUE JUAN LOZANO, con Documento Nacional de Identidad número 8.197.537, CUIT número 20-08197537-0, nacido el día 27 de Mayo de 1945, comerciante, Divorciado; 2- la Señora MONICA PATRICIA LOZANO, argentina, con Documento Nacional de Identidad número 24.101.141, CUIL N° 27-24101141-6, nacida el día 30 de Mayo de 1974, casada en primeras nupcias con Mario Alberto Olmos, Docente-comerciante, con domicilio en calle Reina Mora número 578, Barrio Los Perales, de esta ciudad; 3- y el señor MARCELO EZEQUIEL LOZANO, Documento Nacional de Identidad número Treinta y cinco millones novecientos treinta y un mil seiscientos cincuenta y tres, CUIL 20-35931653-5, soltero, nacido el Primero de Noviembre de 1991, Administrador de Empresas, domiciliado junto con el nombrado en primer Término, en calle Otero número 126 esta Ciudad argentinos, mayores de edad, personas hábiles, de mi conocimiento, doy fe.- Declaran además los comparecientes Bajo juramento que sobre sus personas no hay Inscripta declaración de Incapacidad o restricción a la capacidad, conforme artículo 44 y 45 Código Civil y Comercial Unificado.- Agregan los comparecientes que concurren a este acto por sus propios derechos, y que fueron advertidas por la Autorizante sobre las consecuencias de las cláusulas, derechos y deberes que derivan de la presente escritura , insistiendo en la confección del presente acto tal como se redacta a continuación.- LEGITIMACION: Los señores Roque Juan Lozano y Monica Patricia Lozano, concurren a este acto en el carácter de Socios de La razón social “ LA LUZ SRL, CUIT 30-70724649-5, con domicilio en Ruta 9 acceso sur por colectora número 2245 de esta Ciudad, la que posee la siguiente documentación habilitante Y Legitimación : 1- Contrato Constitutivo de la Sociedad, celebrado mediante instrumento Privado de 29 de Junio de 2000, Inscripto en Registro Público de Comercio de esta Provincia al Folio 169, Acta 157, Libro II de SRL, Registrado con copia bajo asiento 41, Folio 344, 348, Legajo V, del Registro de escrituras Mercantiles de SRL, en fecha 22 de Agosto de 2000, cuya copia obra agregada en el Legajo de Comprobantes de la escritura número 39 de fecha 31 de Enero de 2008 autorizada por mí en el Protocolo de ese año a mi cargo, doy fe; 2- Acta de Cambio de domicilio de fecha 31 de Agosto de 2015, Inscripta en Registro Público de Comercio de esta Provincia al folio 59/60, Legajo XIX, Tomo de Marginales del Registro de escrituras Mercantiles, en fecha 2 de Marzo de 2016; C) Modificación y Ampliación de objeto de la Sociedad, de fecha 8 de Junio de 2015, la que se encuentra en trámite de Inscripción, instrumento que fue publicado en Boletín Oficial número 107, de fecha 23 de Setiembre de 2015, instrumentos, que obran agregados en copia en escritura número 29 autorizada por mí, de fecha 15 de Febrero de 2020, y que en Original he tenido a la vista para este acto, doy fe.- Como así la doy que de todos los instrumentos referenciados surgen facultades suficientes para el presente acto; manifestando los representantes que la documentación habilitante continúan en su plena vigencia .- El señor MARCELO EZEQUIEL LOZANO concurre a este acto por sus propios derechos.- DECLARACIONES DE LAS PARTES: PRIMERA: La señora Mónica Patricia Lozano, por este acto CEDE al Señor MARCELO EZEQUIEL LOZANO, la totalidad de las cuotas sociales que posee en la sociedad referenciada, o sea TREINTA Y OCHO CUOTAS SOCIALES ( 38) que representan EL cinco por ciento (5%) del capital social, estipulado que dicha cesión es GRATUITA .- Las cuotas sociales referidas se encueran debidamente inscriptas en el Registro de Comercio, procediendo en este acto la CEDENTE a solicitar al CESIONARIO NOTIFIQUE a la sociedad, la operación a efectos de cumplimentar lo dispuesto por la Ley 19550.- SEGUNDA: La parte Cedente Declara que la presente Cesión comprende e incluye la totalidad de los derechos de suscripción, preferencia que le corresponden en dichas cuotas partes, como así también cede todos los saldos pendientes acreedores o deudores de sus cuentas y/o dividendos o beneficios no percibidos, en el supuesto que los hubiere o pudiere corresponderle por el corriente ejercicio y por ejercicios anteriores, renunciando a todo derecho y declarando que no tiene reclamo que formular.- TERCERA: La CEDENTE, declara: 1- Que es el legítima titular de las treinta y ocho cuotas que en este acto se transfieren, representativas del capital ordinario emitido por la Sociedad, las que se encuentran totalmente integradas y libres de Usufructo, prenda o cualquier otro derecho Real.- Las acciones que se transfieren gozan de la totalidad de los derechos patrimoniales que le corresponden a su clase.- 2- Que sobre su persona no se encuentra registrada ninguna Inhibición general de bienes con relación a las acciones que se transfieren y que las mismas están libres de Embargos, gravámenes o restricciones de dominio.- 3- Que la Sociedad “ LA LUZ SRL” es una Sociedad constituida y organizada conforme las leyes de la República Argentina, cuyo objeto social y demás datos surgen del Estatuto referenciado precedentemente.- 4- Que se ha cumplido con lo estipulado en relación al Derecho de Preferencia entre los accionistas de la sociedad, presente Roque Juan Lozano agrega que no hizo uso del Derecho de Preferencia.- 5- Que los estados contables de la sociedad expresan la razonablemente la situación económico financiera, y que los balances fueron confeccionados conforme normas vigentes. CUARTA: El Cesionario manifiesta que tienen conocimiento de la actividad comercial así como de los resultados de los estados contables y económicos, notificándose el señor Roque Juan Lozano de los términos de la presente, firmando en prueba de ello.- QUINTA: Las partes para todos los efectos legales y judiciales que pudieran corresponden constituyen domicilios especiales en los enunciados en el encabezamiento, donde se tendrás por eficaces todas las comunicaciones que se cursen, comprendiendo la presente transacción todos los resultados acumulados y la situación económico financiera hasta la fecha.- DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS: Presente en este acto el señor MARIO ALBERTO OLMOS, con Documento Nacional de Identidad número Veintitrés millones novecientos cuarenta y seis mil cuatrocientos uno, CUIL 20-23946401-3, nacido el 24 de Mayo de 1974, cónyuge de la Cedente, y con idéntico domicilio, presta el ASENTIMIENTO CONYUGAL para este acto, firmando en prueba de ello.- Declaran las partes que no revisten la calidad de PERSONAS EXPUESTAS POLITICAMENTE.- En este acto facultan a la Escribana Norma del Valle Torres , Y/O al Doctor Mario Alejandro Mallagray, a Inscribir y gestionar todo trámite que fuera menester realizar en el Registro de Comercio para la inscripción de la presente escritura, como así también los faculta a presentar todo instrumento que le sea requerido a tal fin .- LEO esta escritura a los comparecientes quienes la Ratifican y firman por ante mí, doy fe .- Hay Tres firmas ilegibles, está mi firma y sello notarial: NORMA DEL VALLE TORRES.- CONCUERDA: Con su matriz que corre a los folios 165/167 del Protocolo del presente año a mi cargo.- Para los interesados expido este PRIMER TESTIMONIO en tres fojas de Actuación Notarial que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. NORMA DEL VALLE TORRES- TIT. REG. Nº 47- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-
RESOLUCION Nº 712-DPSC-2025.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-266/2024.-
San Salvador de Jujuy, 17 de septiembre de 2025.-
VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que se tramitaba la INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES de la sociedad “LA LUZ S.R.L.” CUIT: 30-70724649-5 y,
CONSIDERANDO:
Que, para la etapa procesal administrativa pertinente y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoria Legal de esta Dirección de Sociedades Comerciales-Registro Publico, en referencia a las actuaciones obrantes en este organismo, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-
Por ello:
EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR, la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de PRIMER TESTIMONIO.- ESCRITURA NUMERO SESENTA Y NUEVE.- CESION DE CUOTAS SOCIALES DE “LA LUZ S.R.L.” OTORGADA POR MONICA PATRICIA LOZANO A FAVOR DE MARCELO EZEQUIEL LOZANO, de fecha 123 de julio de 2024, autorizada por NORMA DEL VALLE, Escribana Publica Titular del Registro Nº 47, obrante a fs. 06/08 y, de Acta de Reunion de Socios, de fecha 15 de agosto del año 2025, que obra a fs. 33/34.-
ARTICULO 2: diligencias a cargo de la ESCRIBANA NORMA DEL VALLE TORRES o, persona debidamente autorizada.-
ARTICULO 3°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
17 OCT. LIQ. Nº 41638 $7.400,00.-