BOLETIN OFICIAL Nº 121 – 17/10/2025
DECRETO Nº 3916-S/2025.-
EXPTE. Nº 714-3884/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 SEP. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
E (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
CREASE
Categoría Nº de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
ARTÍCULO 2°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por el Dr. Matías Francisco Maire, CUIL N° 20-33482655-5, al cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, que detentaba en carácter de interino en la U. de O.: R 6-01-03, Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana, a partir del 14 de octubre de 2.022, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 3°.- Téngase por designado en carácter de interino, al Dr. Matías Francisco Maire, CUIL N° 20-33482655-5, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones de Médico, en la U. de O.: R 6-01-02, Hospital Pablo Soria, a partir del 14 de octubre de 2.022 y hasta el llamado a concurso del mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIOS 2022-Ley N° 6256, 2023-Ley N° 6325, 2024-Ley N° 6371:
Con las respectivas partidas de Gastos en Personal, asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria.‑
EJERCICIO 2025-Ley N° 6440:
Con la partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud-Unidad de Organización 6-01-02 Hospital Pablo Soria.‑
En caso de que en ejercicios anteriores no haya sido liquidado y abonado lo tramitado en autos, el mismo se atendería con la siguiente partida del Presupuesto General vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública, 03-10-15-01-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.‑
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR