BOLETIN OFICIAL Nº 121 – 17/10/2025
DECRETO Nº 3912-S/2025.-
EXPTE. Nº 715-1809/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 SEP. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
E(j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Total……………….. 1
CREASE
Categoría Nº de Cargos
A(j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Total……………….. 1
ARTÍCULO 2°.- Téngase por designado en carácter de interino al profesional Sergio Andrés Giménez, CUIL N° 20-32629678-4, en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional Ley N° 4418, para cumplir funciones de médico en la Unidad de Organización R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 10 de febrero de 2023 hasta el llamado a concurso del mismo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atiende con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023 Ley 6325 y 2024 Ley 6371
Estaba prevista la partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.-
EJERCICIO 2025 – LEY N° 6440
Prevé la partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana.
En caso de que en los ejercicios anteriores no haya sido liquidada y abonada la designación que se trata, la misma se atendería con la siguiente partida del Presupuesto General vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES
Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR