BOLETIN OFICIAL Nº 121 – 17/10/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 2537.25.006.-
EXPEDIENTE N° 16 – 16887 – 2025 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 14 OCT. 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8197/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 12/2025 de fecha 25 de Septiembre de 2025, mediante el cual se prohíbe en todo el ámbito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy la venta, expendio, suministro o distribución de cualquier título de cigarrillos electrónicos, dispositivos de vapeo, sistemas de administración electrónica de nicotina y productos similares, a menores de dieciocho (18) años de edad; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Gobierno, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8197/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 12/2025 de fecha 25 de Septiembre de 2025, mediante la cual se prohíbe en todo el ámbito de la Ciudad de San Salvador de Jujuy la venta, expendio, suministro o distribución de cualquier título de cigarrillos electrónicos, dispositivos de vapeo, sistemas de administración electrónica de nicotina y productos similares, a menores de dieciocho (18) años de edad.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno, Dr. ALDAO FASCIO EZEQUIEL, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Gobierno, SubSecretaría General de Gobierno, Juzgado Administrativo de Faltas Municipales y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente