BOLETIN OFICIAL Nº 119 – 13/10/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPTE. N° 191-X-2025.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA N° 8185/2025.-
ARTICULO 1º.- Crease “SALVADOR – EL CHATBOT DEL MUNICIPIO”, un asistente virtual automatizado que funcionará como canal oficial de atención digital del Municipio de San Salvador de Jujuy, con el fin de responder consultas, gestionar tramites y proporcionar información de interés general.-
ARTÍCULO 2º.- El Chatbot “Salvador” estará disponible a través de las siguientes plataformas oficiales del Municipio de la Ciudad: Sitio web oficial, aplicaciones de mensajería instantánea, redes sociales oficiales, etc.-
ARTÍCULO 3º.- FUNCIONES. El Chatbot “Salvador” brindará, entre otras, las siguientes funciones, a título enunciativo:
- Información sobre servicios municipales (recolección de residuos, trámites administrativos, turnos online, etc.).
- Asistencia para la gestión de tramites digitales (pagos, licencias, impuestos).
- Difusión de campañas municipales y actividades de interés comunitario.
- Atención prioritaria para adultos mayores y personas con discapacidad mediante mensajes accesibles e inclusivos.
- Trámites en línea.
- Inscripción en programas municipales.
- Gestión de reclamos de barrido, alumbrado, limpieza urbana o seguridad vial.-
ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del organismo que determine, será el encargado de implementar, mantener y actualizar el Chatbot “Salvador”, asegurando su funcionamiento, precisión y accesibilidad.-
ARTICULO 5º.- El funcionamiento del Chatbot deberá cumplir con las disposiciones de la Ley Nacional Nº 25.326 de Protección de Datos Personales, garantizando la confidencialidad de la información suministrada por los usuarios.-
ARTICULO 6º.- El Municipio realizará campañas de difusión y capacitación para informar a los ciudadanos sobre el uso del Chatbot “Salvador” y fomentar su utilización como canal de atención digital.-
ARTICULO 7º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para garantizar la implementación y mantenimiento del Chatbot “Salvador”.-
ARTICULO 8°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-
SALA DE SESIONES, miércoles 03 de septiembre de 2025.-
Dr. Jorge Lisandro Aguiar
Presidente