BOLETIN OFICIAL Nº 119 – 13/10/2025

DECRETO Nº 3893-E/2025.-

EXPTE. Nº 1056-9161/2022.-

Agreg. 1056-10128/22; 1056-13955-22; 1056-17378-22;1056-21854-22;1056-24742-22;1056-26316-22;1056-878-23 y 1056-6046-23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 SEP. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese la aplicación de la sanción expulsiva de CESANTÍA a la Sra. Gabriela Ofelia Rotondo, D.N.I. N° 22.874.386, en toda la situación de revista que detenta en la Administración Pública Provincial, por haber transgredido los deberes impuestos por el Artículo 4° incisos e) y d), Artículo 91°, 93° y 94°, en concordancia con el Artículo 66° inciso g, Artículos 82° y 84° inciso c) de la Ley N° 3520/78 y Artículo 100º incisos 4, 21, 23 y 24 de la Ley N°3161/74 en concordancia con el Artículo 173° incisos 1, 3 y 7, en virtud de lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Dejase establecido que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección Provincial de Administración, arbitrará las medidas necesarias para el reintegro de los haberes indebidamente percibidos por la agente.-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que, a través del Área Recursos Humanos del Ministerio Educacion – División de Control Previsional, se deberá efectuar la regularización de aportes y contribuciones a la A.N.Se.S., de conformidad a lo dispuesto por el Decreto-Acuerdo Nº 109-E-1999, con intervención de Contaduría de la Provincia.-

ARTÍCULO 4°.- Remítase copia certificada del presente acto administrativo a la Dirección Provincial de Personal.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Notifíquese por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga a la Dirección Provincial de Personal. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR