BOLETIN OFICIAL Nº 118 – 08/10/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 365/2025.-

REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE DIFUSIÓN SOBRE LA DIFERENCIA ENTRE URGENCIAS Y EMERGENCIAS”. (EXPTE. 227-CD-2025 Proyecto presentado por los concejales López Marcelo y López Amanda)

VISTO Y CONSIDERANDO;

La necesidad de promover campañas educativas y de información clara para la comunidad sobre el uso adecuado de los servicios sanitarios y de emergencia, y;

Que, en la práctica cotidiana, muchas personas desconocen la diferencia entre lo que constituye una urgencia y lo que corresponde a una emergencia médica, lo que genera confusión y un uso inadecuado de los recursos disponibles, tales como hospitales, guardias médicas, ambulancias y líneas de emergencia.

Que, comprender esta distinción es fundamental, ya que las emergencias médicas requieren atención inmediata y prioritaria, donde la vida del paciente corre riesgo inminente, mientras que las urgencias médicas son situaciones que, si bien necesitan asistencia rápida, permiten una espera razonable sin que peligre la vida en el acto.

Que, el uso indebido de los sistemas de emergencia conlleva consecuencias negativas, como la saturación de las guardias hospitalarias, el colapso de los servicios de ambulancias y la demora en la atención de pacientes que verdaderamente atraviesan situaciones críticas, poniendo en riesgo vidas que dependen de una intervención inmediata.

Que, en localidades como Puesto Viejo, donde el acceso a servicios especializados muchas veces depende de traslados hacia centros de mayor complejidad, resulta aún más importante que la población conozca la diferencia entre urgencia y emergencia, a fin de garantizar un uso racional, ordenado y efectivo de los recursos sanitarios.

Que, además, la concientización ciudadana en temas de salud pública no solo contribuye al mejor funcionamiento del sistema, sino que también empodera a las familias para actuar con mayor responsabilidad y criterio frente a situaciones de enfermedad o accidentes, reforzando la prevención y el cuidado comunitario.

Que, es deber de este Concejo Deliberante y del Municipio de Puesto Viejo generar políticas públicas que fortalezcan la educación sanitaria, garanticen el acceso a información clara y fomenten la participación activa de la comunidad en la construcción de un sistema de salud más equitativo y eficiente.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el “Programa Municipal de Difusión sobre la Diferencia entre Urgencias y Emergencias”, con el objetivo de brindar a la comunidad información clara, accesible y continua sobre el uso adecuado de los servicios de salud y emergencia.

Artículo 2º-. Serán objetivos generales del Programa:

  • Sensibilizar y concientizar a la población sobre la importancia de diferenciar una urgencia de una emergencia médica.
  • Promover un uso racional de los servicios de salud y de emergencia.
  • Contribuir a la mejora de la atención sanitaria en la comunidad.

Artículo 3º-. Serán objetivos específicos del Programa:

  • Difundir, a través de campañas gráficas, radiales, audiovisuales y digitales, información clara y sencilla sobre la diferencia entre urgencias y emergencias.
  • Desarrollar actividades educativas en escuelas, instituciones barriales y centros comunitarios sobre el tema.
  • Capacitar a referentes comunitarios para que puedan replicar esta información en sus ámbitos de influencia.
  • Promover la participación de los equipos de salud locales en charlas, talleres y jornadas de concientización.
  • Evaluar periódicamente el impacto de las campañas, ajustando las estrategias de difusión según los resultados obtenidos.

Artículo 4º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza el Área de Salud de la Municipalidad de Puesto Viejo, quien tendrá a su cargo la organización, coordinación y ejecución del Programa.

Artículo 5º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:

  • Elaborar materiales informativos y educativos accesibles para toda la comunidad.
  • Coordinar con instituciones educativas, barriales y sanitarias la implementación de charlas y capacitaciones.
  • Diseñar campañas de difusión periódicas en medios de comunicación locales y redes sociales oficiales del Municipio.
  • Articular con hospitales, centros de salud y servicios de emergencia de la región para unificar criterios y mensajes en las campañas.
  • Establecer mecanismos de monitoreo y evaluación del Programa, presentando informes anuales al Concejo Deliberante.
  • Proponer ajustes o ampliaciones al Programa en función de los resultados obtenidos y de las necesidades detectadas en la comunidad.

Artículo 6º-. DE FORMA. –

SALA DE SESION, 04 DE SEPTIEMBRE.

 

Lic. Maria Amanda Lopez

Presidente