BOLETÍN OFICIAL Nº 57 – 22/06/05
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16 – 2925 – 2005 .-
DECRETO N° 0382.05.006 .-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 DE ABRIL DE 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Por los fundamentos expuestos en el exordio, respecto de las actas de infracción por falta de boletas de estacionamiento o boletas irregulares labradas con anterioridad a la fecha en que se declarara la caducidad del Contrato de Concesión con la firma FRONTERA S.A., dispónese el avocamiento de los Jueces Administrativos de Faltas Municipales de las causas pendientes de resolución, de acuerdo a las previsiones del Código de Procedimiento de Faltas (Ordenanza 665/1987). Cumplido este trámite deberán hacer entrega a la Empresa de la documentación pertinente, para que aquella pueda, a través de sus abogados perseguir el cobro de dichos créditos.-
ARTICULO 2°.- Déjase estipulado que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. Anterior, en caso de presentación voluntaria las multas por omisión de tarjeta horaria o tarjeta irregular, deberán ser abonadas en la Administración de “Frontera S.A.” , debido a que se tratan de importes fijos. Así también en los Certificados de Libre Deuda que emitirá la “Empresa” se consignará el número de multas e infracciones que se abonen, debiendo la “Empresa” elevar un informe mensual sobre las multas regularizadas por esta vía a la Comuna.-
ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
22 JUNIO S/C