BOLETIN OFICIAL Nº 116 – 03/10/2025

DECRETO Nº 3721-HF/2025.-

EXPTE. Nº 500-119/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 AGO. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Créase, a partir del 1° de agosto de 2025, la “Compensación técnica por tareas especializadas de relevamiento, procesamiento y difusión estadística” para los agentes dependientes de la Administración Publica Provincial, que presten efectivo servicio en la Dirección Provincial de Estadística y Censos cualquiera sea su situación de revista, comprendidos en los regímenes de las Leyes N° 3161 y 4413.-

ARTICULO 2°.- La mencionada Compensación consistirá en el pago de una suma mensual no remunerativa y no bonificable al agente acorde a la función que desempeña, el escalafón al que pertenece y la siguiente escala:

 

ESCALAFON/AGRUPAMIENTO IMPORTE
LEY 3161 / SERV. GRALES $ 60.000
LEY 3161 / ADMINISTRATIVO $ 90.000
LEY 3161 / TECNICO $ 90.000
LEY 4413 – TRAMO C $ 168.000
LEY 4413- TRAMO B $ 168.000
LEY 4413 – TRAMO A $ 180.000

 

ARTICULO 3°.- Déjese establecido que la Compensación dispuesta en el artículo 1° del presente Decreto se actualizara conforme la pauta salarial que fije el Poder Ejecutivo.-

ARTICULO 4°.- Las disposiciones reglamentarias e interpretativas que demande el cumplimiento de la presente norma, serán emitidas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en la oportunidad que en cada caso se requiera.-

ARTICULO 5º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Estadística y Censos y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR