BOLETIN OFICIAL Nº 116 – 03/10/2025
DECRETO Nº 3721-HF/2025.-
EXPTE. Nº 500-119/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 AGO. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Créase, a partir del 1° de agosto de 2025, la “Compensación técnica por tareas especializadas de relevamiento, procesamiento y difusión estadística” para los agentes dependientes de la Administración Publica Provincial, que presten efectivo servicio en la Dirección Provincial de Estadística y Censos cualquiera sea su situación de revista, comprendidos en los regímenes de las Leyes N° 3161 y 4413.-
ARTICULO 2°.- La mencionada Compensación consistirá en el pago de una suma mensual no remunerativa y no bonificable al agente acorde a la función que desempeña, el escalafón al que pertenece y la siguiente escala:
ESCALAFON/AGRUPAMIENTO | IMPORTE |
LEY 3161 / SERV. GRALES | $ 60.000 |
LEY 3161 / ADMINISTRATIVO | $ 90.000 |
LEY 3161 / TECNICO | $ 90.000 |
LEY 4413 – TRAMO C | $ 168.000 |
LEY 4413- TRAMO B | $ 168.000 |
LEY 4413 – TRAMO A | $ 180.000 |
ARTICULO 3°.- Déjese establecido que la Compensación dispuesta en el artículo 1° del presente Decreto se actualizara conforme la pauta salarial que fije el Poder Ejecutivo.-
ARTICULO 4°.- Las disposiciones reglamentarias e interpretativas que demande el cumplimiento de la presente norma, serán emitidas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en la oportunidad que en cada caso se requiera.-
ARTICULO 5º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Estadística y Censos y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR