BOLETIN OFICIAL Nº 113 – 26/09/2025

ESCRITURA NUMERO VEINTIUNO.- Nº 21.- CESIÓN DE CUOTAS DE “EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS GENERAL SAVIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” OTORGADA POR SANTIAGO COPA A FAVOR DE JOSÉ ANTONIO COPA.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de esta Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil veinticinco, ante mi Irene Elvira ROJO BRIZUELA, Escribana Titular del Registro Notarial Nº 8, comparecen las personas que se identifican y expresan sus datos personales, por una parte los cónyuges en primeras nupcias, el señor Santiago COPA, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 8.162.716, CUIL 23-08162716-9, nacido el 10 de enero de 1943, de 82 años de edad, jubilado, y la señora Catalina Eva CRUZ, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 5.861.652, CUIL 23-05861652-4, nacida el 16 de agosto de 1951, de 73 años de edad, ama de casa, quien concurre al solo efecto de prestar el asentimiento requerido, ambos con domicilio en calle Vélez Sarsfield Nº 877 del Barrio 25 de mayo de la Ciudad de Palpalá, Departamento Palpalá de esta provincia, y por la otra parte el señor José Antonio COPA, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 26.729.984, CUIL 20-26729984-7, nacido el 8 de octubre de 1978 de 46 años de edad, soltero, chofer, con domicilio en calle Vélez Sarsfield Nº 877 del Barrio 25 de mayo de la Ciudad de Palpalá, Departamento Palpalá de esta provincia – Personas mayores de edad y capaces; a quienes identifico en los términos del artículo 306 inciso “a” del CCCN mediante la exhibición de los mencionados documentos, los que en reproducción de sus partes pertinentes autenticadas por mi agrego al legajo de la presente escritura.- INTERVIENEN: todos los comparecientes lo hacen por sí y requieren la intervención de la autorizante a fin de celebrar este contrato de cesión de cuotas partes, que se sujetarán a las siguientes condiciones.- PRIMERA: ANTECEDENTES: el señor Santiago COPA dice, que es socio de la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación de “Empresa de Transporte de Pasajeros General Savio, Sociedad de Responsabilidad Limitada” CUIT 33-65995802-9, con domicilio legal en calle Republica de la India Nº 52 del Barrio San Martín de la Ciudad de Palpalá jurisdicción del Departamento Palpalá, de esta Provincia de Jujuy; lo que acredita con los siguientes instrumentos: a) Contrato Constitutivo de la Empresa de Transporte de Pasajeros General Savio SRL, de fecha 17 de febrero de 1993, inscripto en el Registro Público de Comercio, al Folio 259/260, Acta Nº 257, Libro de SRL; y registrado bajo Asiento Nº 30, al Folio 195/199- SRL., del Legajo II, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 19 de julio de 1993; b) Acta de Reunión de Socios, de fecha 13 de noviembre de 1993, en la que se conviene la incorporación de nuevos socios, y modificación del Contrato Social, registrada en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con copia, bajo Asiento Nº 32 al Folio 91/93 del Legajo II Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 8 de setiembre de 1994; c) Acta número cincuenta y cinco (N° 55), de fecha 28 de noviembre del año 1999, que rola a fojas 102/107 del Libro N° 1 destinado a Actas, habilitado por el Registro Público de Comercio con fecha 20 de julio del año 1993, mediante la cual se le adjudican al cedente tres (3) cuotas sociales, instrumento que fuere registrado en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con copia, bajo Asiento Nº 17 al Folio 89/96 del Legajo VI de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 22 de junio de 2001; d) Acta número ochenta y siete (N° 87), de fecha 29 de enero del año 2012 de prórroga de la Sociedad, registrada en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con copia, bajo Asiento Nº 12 al Folio 225/228 del Legajo XV Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 30 de marzo de 2012; e) Protocolización parcial – Cambio de sede social, otorgada mediante Escritura Nº 14 de fecha 14 de febrero del año 2023, autorizada por la Suscripta Escribana Titular del Registro Nº 8, inscripta en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales mediante Resolución N° 252-DPSC-2023, al Folio 33, Acta Nº 46, Libro I; y registrado con copia bajo Asiento Nº 46, al Folio 01/06 del Legajo 46 del Registro de Marginales Escrituras Mercantiles SRL, con fecha 14 de abril de 2023; y f) Acta número ciento veintidós (N° 122), de fecha 23 de febrero del año 2025, que rola a fojas 220/222 del Libro N° 2 destinado a Actas de Asamblea, habilitado por el Registro Público de Comercio con fecha 31 de agosto del año 2010, mediante la cual, los socios prestan conformidad con la cesión de cuotas que efectuará el señor Santiago COPA a su hijo José Antonio COPA.- Que el Capital social de “Empresa de Transporte de Pasajeros General Savio SRL”, asciende a la suma de Pesos Trescientos noventa y dos mil quinientos ($ 392.500) dividido en tres mil novecientas veinticinco (3.925) cuotas sociales de pesos Cien ($100) cada una, habiendo suscripto e integrado el socio Santiago COPA, ciento tres (103) cuotas sociales, lo que hace un total de Pesos diez mil trescientos ($ 10.300), cien (100) cuotas sociales conforme surge del contrato constitutivo y las tres (3) cuotas sociales restantes conforme acta numero cincuenta y cinco de fecha 28 de noviembre del año 1999 antes relacionada.- SEGUNDA: CESIÓN: el señor Santiago COPA, con la conformidad previa de los demás socios, mediante el presente instrumento transfiere a título de Cesión Gratuita a su hijo el señor José Antonio COPA, las ciento tres (103) cuotas sociales que le pertenecen y cuyo valor nominal asciende a la suma de Pesos Diez mil trescientos ($ 10.300.-) que el Cesionario acepta de plena conformidad.- TERCERA: El cedente manifiesta que es el único titular de las cuotas cedidas en el presente contrato, las que no se encuentran prendadas ni sujetas a embargos, medidas cautelares o gravamen algún. CUARTA: ACEPTACIÓN: Por su parte el cesionario, señor José Antonio COPA, acepta en todas sus partes la presente cesión de cuotas a su favor y se integra a la sociedad en el carácter de Socio.- QUINTA: CONFORMIDAD CON LA CESIÓN: Los socios prestaron conformidad para efectuar la presente Cesión, mediante Acta N° 122 de fecha 23 de febrero del año 2025, pasada a los folios 220/222 del Libro N° 2 destinado a Actas de Asamblea, habilitado por el Registro Público de Comercio con fecha 31 de agosto del año 2010, teniendo así por cumplida las obligaciones indicadas en la cláusula decima del contrato constitutivo, para la transmisión de las mismas.- SEXTA: ASENTIMIENTO CONYUGAL: por su parte, la señora Catalina Eva CRUZ, cónyuge del cedente, presta el asentimiento de conformidad a lo dispuesto por el artículo 470 del Código Civil y Comercial de la Nación.- SÉPTIMA: NOTIFICACION: En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 152 de la Ley General de Sociedades, el señor José Antonio COPA, hará entrega de una copia del presente Contrato de Cesión al señor Gerente de la Sociedad.- OCTAVA: AUTORIZACIÓN: Los otorgantes facultan al señor José Antonio COPA y a la suscripta Escribana Autorizante Titular del Registro Nº 8, para que actuando en forma conjunta o indistinta, realicen los tramites de la inscripción de este instrumento ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro Público.- A tales efectos tendrán facultades para realizar los trámites necesarios ante las autoridades competentes, aceptar y/o rechazar las modificaciones que sean solicitadas, proponiendo las que se estimen procedentes, firmando todo instrumento público y privado necesario, en especial escrituras aclaratorias, complementarias y modificatorias, como así también desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos, depositar y/o retirar fondos y demás trámites a fin de lograr la inscripción definitiva de la presente cesión.- NOVENA: Declaraciones Juradas de las partes frente a la UIF: Y los comparecientes DECLARAN BAJO JURAMENTO: a) que los datos consignados en la presente escritura, son correctos, completos, y fiel expresión de la verdad, y que No se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la Nómina de Funciones de Personas Expuesta Políticamente aprobada por la Res 35/ 2023 UIF; b) no ser Sujetos Obligados de informar.- DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA REQUERIDA POR LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES – REGISTRO PÚBLICO: En este estado, los comparecientes DECLARAN BAJO JURAMENTO DE DECIR VERDAD: 1) Que el domicilio legal de la sociedad es en la jurisdicción de la Provincia de Jujuy, República Argentina.- 2) Que la Sede Social está establecida en Republica de la India N° 52 del Barrio San Martín, de la Ciudad de Palpalá, Jurisdicción del Departamento Palpalá de esta Provincia de Jujuy.- Que en la sede indicada funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de la entidad.- 3) Que la Sociedad dispone del siguiente domicilio electrónico: gralsavio@yahoo.com.ar.- CONSTANCIAS NOTARIALES: 1- Informe Registral: del certificado expedido por la Dirección Provincial de Inmuebles bajo el Nº 4395 de fecha 23 de abril del corriente año 2025, surge que el señor Santiago COPA no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.- 2- Informe REDAM: del certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Jujuy, resulta que el señor Santiago COPA no se encuentra inscripto como deudor moroso alimentario.- 3- Resoluciones Generales 348 y 1817 AFIP- DGI – Hoy ARCA: Se dejó constancia del CUIL de los otorgantes y se consulto vía Internet la condición tributaria de la Sociedad.- 4- Legajo de Comprobantes: Se agregan como pertenecientes a la presente escritura: certificado de no inhibición, certificado REDAM, constancias de CUIT y CUIL, copia de los instrumentos antes relacionados sobre la existencia de la sociedad.- Leo a los comparecientes la presente escritura quienes la otorgan firmando por ante mi Escribana que la autorizo, doy fe.- Sigue a la de acta.- Firmado: Santiago COPA, Catalina Eva CRUZ y José Antonio COPA, está mi firma sobre sello notarial Irene E. Rojo Brizuela. Escribana. Titular de R. N° 8 S.S. De Jujuy. – Concuerda: con su matriz que pasó ante mí a los folios 67/69 del Protocolo sección A del corriente año del Registro a mi cargo. – Para su inscripción en la Dirección de Sociedades Comerciales expido esta COPIA SIMPLE en tres fojas que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento. – ESC. IRENE E. ROJO BRIZUELA- TIT. REG. Nº 8- S. S. DE JUJUY.-

 

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES. –

RESOLUCION Nº 734-DPSC-2025.- 

EXPTE. Nº 301-200/2025.-

San Salvador de Jujuy, 22 de septiembre 2025.-

VISTO:

Las actuaciones de referencia mediante la cual la ESC. IRENE ELVIRA ROJO BRIZUELA, Titular Registro Notarial Nº 8, en carácter de persona autorizada conforme Art. 3 de la Ley Notarial Nº 4884, solicita “INSCRIPCION CESION DE CUOTAS DE EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS GENERAL SAVIO S.R.L.” y,

CONSIDERANDO:

Que, para la etapa procesal administrativa pertinente y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de Edictos en el Boletín Oficial por un día del Instrumento Publico “ESCRITURA NUMERO VEITIUNO (Nº 21)- CESION DE CUOTAS DE EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS GENERAL SAVIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” OTORGADA POR SANTIAGO COPA A FAVOR DE JOSE ANTONIO COPA, de fecha 25 de abril del 2025, pasada ante Esc. Publica autorizante Irene Elvira Rojo Brizuela, Titular del Registro Notarial Nº 8, copia agregada a fs. 05/07.-

ARTICULO 2: DILIGENCIAS a cargo de la Escribana Irene Elvira Rojo Brizuela o persona debidamente autorizada

ARTICULO 3°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar. –

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

26 SEPT. LIQ. Nº 41419 $2.400,00.-