BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/16

IPROCAR S.R.L. ACTA N° 8-2016.-En la ciudad de El Carmen, Provincia  de Jujuy, siendo las 20 horas del día veintidós de agosto del año  dos mil dieciséis,  se reúnen en la Sede de la firma IPROCAR S.R.L., los Socios Carlos Ricardo Almendras Sánchez, y Juan Bautista Álvarez, quien actúa en este acto por derecho propio, y en su calidad de apoderado de Néstor Edmundo Álvarez, conforme Poder General Amplio, otorgado en fecha 25 de Junio de 1991, mediante Escritura Pública N° 209, con intervención del Escribano Público Autorizante, titular del Registro Notarial N° 956, de la Capital Federal, Esc. Jorge Rodolfo Depaoli, con el fin de considerar el orden del día previsto para la fecha. El Gerente Juan Bautista Álvarez, declara abierta la sesión  y se pasa a tratar los puntos previstos, a saber: Punto Primero: Reconducción y Prórroga de vigencia del Contrato Social: El Socio Gerente  Juan Bautista Álvarez manifiesta que conforme surge del Acta N° 7, de fecha 2 de diciembre de 2014, y su complementaria de fecha 25 de junio de 2015, se estableció como plazo de vencimiento de la sociedad el día 24 de junio de 2016, por lo que vencido el mismo corresponde decidir respecto de la prórroga de un nuevo plazo o en su defecto considerar la liquidación y disolución de la sociedad, por lo que luego de un intercambio de opiniones, los socios resuelven por unanimidad reconducir la sociedad, y prorrogar su vigencia por el plazo de (10) diez años, a partir del día 24 de junio de 2016, fecha a la que se retrotraen los efectos jurídicos, venciendo en consecuencia el nuevo plazo el día 24 de junio de 2026. Punto Segundo: Consideración y Ratificación de todo lo actuado por la Gerencia de la Sociedad, Responsabilidad del Socio Gerente,  desde el día 24 de Junio de 2016 y hasta la fecha de la presente: El Gerente Juan Bautista Álvarez expresa que en razón de que, desde el día 24 de Junio de 2016 hasta la fecha, la Sociedad actuó con plazo vencido, corresponde considerar todo lo atinente al respecto, todo ello con el fin de dar certeza jurídica a todos quienes han contratado con la misma, incluyendo al personal que presta servicios para la Empresa. Seguidamente y luego de un pormenorizado informe de parte de la Gerencia, se resuelve por unanimidad, ratificar la condición de socio y gerente de Juan Bautista Álvarez, como ratificar todo lo realizado por el mismo en tal calidad. Sin perjuicio de ello, el Sr. Juan Bautista Álvarez, asume la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los actos ejecutados durante el plazo vencido, mientras que en el caso de los socios Carlos Ricardo Almendras Sánchez y Néstor Edmundo Álvarez, la misma se limita a su aporte societario. Punto tercero: Facultar a un profesional para realizar el trámite de reconducción ante el Registro Público de Comercio de la Provincia: Los socios facultan al Dr. Miguel Ángel Ase, abogado del foro de esta Provincia,  matrícula profesional 1154, a fin de que el mismo formalice todos los trámites vinculados con la inscripción de la presente, quedando autorizado para realizar todos los actos y diligencias necesarias a tal fin. A los efectos que correspondan, se agregan a la presente acta, copia debidamente certificada del poder judicial referenciado, en cuatro fojas. No habiendo más temas a tratar, se da por finalizado el acto, siendo las horas 22,00.- ACT. NOT. Nº B 00252532, ESC. LEONARDO GABRIEL CASALI, TIT. REG. Nº 72, EL CARMEN-JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 29 de Septiembre de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

03 OCT. LIQ. Nº 120638 $160,00.-