BOLETIN OFICIAL Nº 110 – 19/09/2025
MUNICIPALIDAD DE PAMPA BLANCA.-
RESOLUCIÓN N° 101/2025.-
VISTO:
Lo dispuesto por los artículos 3, 4 y cc. De la Ordenanza N° 042/2025 y la necesidad de notificar a los titulares de puestos de la Feria Municipal 25 de Septiembre en el marco del proceso de regularización, plena recuperación y control del inmueble individualizado como Lote 1, Manzana 29 del barrio Libertad (ex Fiscal) allí; y
CONSIDERANDO:
Que, en numerosos casos los puestos no se encuentran efectivamente ocupados y no se cuenta con datos ciertos sobre la identidad y/o domicilio de los eventuales destinatarios;
Que, corresponde garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los interesados, conforme lo previsto en el artículo 59 de la Ley N° 1886 – Ley Procesal Administrativa de la Provincia de Jujuy, que autoriza la notificación por edictos o medios masivos de comunicación cuando los domicilios fueran inciertos o se desconociera la identidad de los destinatarios;
Que, el Municipio debe asegurar la adecuada publicidad de sus actos, recurriendo a mecanismos idóneos y razonables de difusión;
Que, resulta indispensable dar a conocer lo dispuesto por la Ordenanza N° 042/2025, a fin de regularizar la situación de la Feria Municipal, garantizando a los destinatarios el ejercicio pleno de sus derechos;
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal es competente para disponer las medidas conducentes a la correcta ejecución de las ordenanzas y la buena administración de los bienes municipales;
Por Ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PAMPA BLANCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Disponer que las notificaciones dispuestas por los artículos 3 y 4 de la Ordenanza N° 042/2025, dirigidas a los titulares de puestos de la Feria Municipal 25 de Septiembre, ubicada en el inmueble individualizado como Lote 1, Manzana 29 del barrio Libertad (ex Fiscal) en el marco del proceso de regularización, cuando no sea posible individualizar a los destinatarios o conocer sus domicilios, se realicen mediante publicación de edictos.-
ARTÍCULO 2°: Establecer que dichas publicaciones se efectuarán en medios de comunicación locales (radiodifusoras, televisión) cartelera municipal, página oficial web de la municipalidad, cartelera del Juzgado de paz de la Ciudad de Pampa Blanca, durante el plazo de QUINCE (15) DIAS hábiles administrativos.-
ARTÍCULO 3°: Tener por válidas dichas notificaciones a todos los efectos legales, dejándose constancia en el expediente administrativo correspondiente.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Pampa Blanca, 8 de septiembre de 2025.-
Bruno G. Monzón
Intendente