BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 17/09/2025
DECRETO Nº 3791-ISPTyV/2025.-
EXPTE. Nº 600-176/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 AGO. 2025.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese la reglamentación de la Ley N° 6.426 que como Anexo I forma parte integrante del presente.-
ARTICULO 2º.- Facúltase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas complementarias, interpretativas y aclaratorias que fueran necesarias para la aplicación de la reglamentación que se aprueba por el presente Decreto.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministerios de Infraestructura. Servicios Públicos, Tierra y vivienda y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Ministerio de Hacienda y Finanzas para su conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda, para su archivo.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR