BOLETIN OFICIAL Nº 107 – 12/09/2025
Dra. María Del Huerto Sapag-Juez de la Cámara Civil y Comercial Sala II, Vocalía VI, en Expte Nº C-098000/2017 Prescripción Adquisitiva de Inmueble en Exp. Principal C-060418/2016. AISAMA HECTOR NICOLAS Y OTROS c/ HUMACATA JUSTO GERMAN y OTROS, del inmueble individualizado como Padrón A-45819 ,A- 45820, circunscripción 2, Manzana 23, Sección 3 y parcela 25 y 26 respectivamente, los terrenos están ubicados en la calle Juan Ignacio Gorriti N° 90 de la localidad de Lozano, se ha dictado el siguiente Proveído; San Salvador de Jujuy, 05 de Agosto del 2025 I.-.Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Defensor Oficial Civil Dr. Abud, dese por decaído el derecho a contestar demanda a JUSTO GERMAN HUMACATA, el que deberá ser notificado mediante edictos en un diario local y en el boletín oficial por una vez en el término de TRES DIAS.- Asimismo designase al Defensor Oficial Civil que por turno corresponda, para actuar en nombre y representación 2-Actuando en autos el principio contenido en los Art. 63 y 65 del C.P.C.C imponese a la Dra. Lilian Castro la carga de confeccionar los edictos ordenados para su posterior control y firma por Secretaria la que deberá presentarse como diligencia colaborativa a través del S.I.G.J Notifíquese por cedula y a los herederos de Justo German Humacata mediante Edicto Fdo. María Del Huerto Sapag, ante mi Ab Oscar Matías Diez Yarade, firma Habilitada San Salvador de Jujuy, 29 de Agosto del 2.025.- 1.- Téngase presente el informe actuarial que antecede. 2.- Proveyendo la presentación efectuada por el Defensor oficial civil Dr. Jorge Abud y las constancias de autos, encontrándose en término la aclaratoria planteada, ha lugar. 3.- Advirtiendo la suscripta que efectivamente incurrió en un error en la providencia de fecha 05/08/25 y siendo la aclaratoria la vía prevista por el CPC para enmendar el yerro, procédase a aclarar el primer apartado de dicha providencia, donde dice: 1. “Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Defensor Oficial Civil Dr. Abud, dése por decaído el derecho a contestar demanda a JUSTO GERMAN HUMACATA el que deberá ser “.., deberá leerse “… Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Defensor Oficial Civil Dr. Abud, dése por decaído el derecho a contestar demanda a los HEREDEROS DE JUSTO GERMAN HUMACATA el que deberá ser”. 4.- Asimismo hágase saber a la Dra. Castro que la diligencia se encuentra controlada y suscripta. 5. Notifíquese por cédula.-
12 SEPT. LIQ. Nº 41197 $1.600,00.-