BOLETIN OFICIAL Nº 106 – 10/09/2025
ACTA N° 8: Reorganización Societaria. -En la ciudad de Palpalá, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 15 días del mes de diciembre del año 2024, en la sede social sita en el Lote 11 de la Manzana 14, en la colectora de la Ruta Nacional N° 66, siendo las 10:00hs, se reúnen los socios de MERCURE SRL, Sres. Claudio Fabián Griotti, Jimena Agostini, Pablo Damián Griotti y Luis Guillermo Ataide; en consecuencia se encuentran presentes todos sus miembros y la totalidad del capital social de la empresa, a los efectos de llevar a cabo la presente Reunión Social, notificada a los socios en forma personal en fecha 10/11/2024, a los fines de tratar los siguientes puntos en el Orden del día: 1.- Reorganización Societaria. 2.- Aprobación de la Anulación de la Cesión Gratuita de Cuotas Sociales de Jimena Agostini a Claudio Fabián Griotti. 3.- Ratificación de la Cesión Onerosa efectuada por Claudio Fabián Griotti a favor de Luis Guillermo Ataide. 4.- Aceptación de la Cesión de cuotas societarias efectuada por Pablo Damián Griotti a Luis Guillermo Ataide y Claudio Fabián Griotti.5.- Desvinculación de socios y actualización de las cuotas sociales y porcentajes de participación societaria de cada socio. 6.- Designación de Socios Gerentes.7.- Modificación Domicilio y Sede Social. 8.- Otorgar Poder General para Juicios y Trámites Administrativos al apoderado Dr. Marcelo Rodrigo Pérez Wiaggio, para el diligenciamiento y la inscripción ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de la presente reorganización societaria. Dando tratamiento al orden del día, en primer lugar, toma la palabra el Socio Claudio Fabián Griotti e informa a los presentes que la reunión se lleva a cabo, luego de determinados eventos que sugirieron, e hicieron necesario arribar a una reorganización societaria. Siguiendo, informa que en fecha 10/07/2023 mediante contrato de Cesión Gratuita de cuotas societarias, la Sra. Jimena Agostini cedió la totalidad de sus cuotas societarias a favor del Sr. Claudio Fabián Griotti, siendo éstas la cantidad de tres (3) cuotas, representativas del 1% del capital social de MERCURE SRL, quedando la Sra. Agostini totalmente desvinculada de la razón social. Al haber advertido un error que convierte en nula dicha cesión, se propone dejarla sin efecto y efectuar una cesión onerosa a favor del actual socio Luis Guillermo Ataide, quedando desvinculada de la empresa la Sra. Jimena Agostini. Pone la moción a consideración, la cual es aprobada por unanimidad, restando solamente instrumentar la cesión. En segundo término y continuando en el uso de la palabra, el socio gerente Claudio Fabián Griotti refiere que, en fecha 17/07/2023 mediante contrato de Cesión Gratuita de cuotas societarias, cedió al Sr. Pablo Damián Griotti la cantidad de veinticuatro (24) cuotas, representativas del 8% del capital social de MERCURE SRL., con la incorporación como socio de la misma. Y que en fecha 28/06/2023 mediante Contrato de Cesión Onerosa de cuotas societarias, cedió, vendió y transfirió al Sr. Luis Guillermo Ataide, la cantidad de ciento treinta y ocho (138) cuotas representativas del 46% del capital social de MERCURE SRL, incorporándose en dicha oportunidad como socio. Por lo que en este acto mociona aprobar y ratificar dicha cesión. Pero, al respecto de la situación del Sr. Pablo Damián Griotti, explica que al haber acaecido un imprevisto que lo obliga a abandonar su actividad societaria, se plantea la reorganización mediante la cual, el Sr. Pablo Damián Griotti, ceda de manera onerosa, nueve (9) cuotas sociales al Sr. Luis Guillermo Ataide y quince (15) cuotas sociales al Sr. Claudio Fabián Griotti, quedando en dicha cesión desvinculado de la empresa. Pone la moción a consideración, la cual es aprobada por unanimidad, restando solamente instrumentar la cesión. Luego de informadas estas situaciones, se deja expresamente aclarado que tanto los cedentes como los cesionarios se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de LA SOCIEDAD, y que aceptan y ratifican totalmente todas y cada una de las operaciones que se van a plantear; y luego de un intercambio de opiniones los socios resuelven por unanimidad: a).- Aceptar y aprobar la nulidad de la cesión gratuita efectuada por la Sra. Jimena Agostini del total de sus cuotas societarias a favor del Sr. Claudio Fabián Griotti, autorizando a que se instrumente una nueva cesión onerosa a favor del Sr. Luis Guillermo Ataide, quedando a partir de ese momento totalmente desvinculada de MERCURE SRL. B).- Aceptar la Cesión onerosa efectuada por el Sr. Pablo Damián Griotti, autorizando que transfiera sus cuotas sociales a favor de los Sres. Claudio Fabián Griotti y Luis Guillermo Ataide, quedando totalmente desvinculado de la empresa, siendo los nombrados en última oportunidad, los únicos socios integrantes de la sociedad MERCURE SRL. Sin perjuicio de lo anteriormente referenciado y a los efectos de dejar reseñado la cantidad de cuotas societarias y el porcentaje de participación de los socios en la presente empresa, se deja establecido que: – El Socio Claudio Fabián Griotti es propietario titular de ciento cincuenta (150) cuotas sociales, lo que representa un 50% del capital social. – El Socio Luis Guillermo Ataide es propietario titular de ciento cincuenta (150) cuotas sociales, lo que representa un 50% del capital social. De tal forma se mociona y aprueba por unanimidad la propuesta efectuada por el socio Claudia Fabián Griotti; sobre que, la administración y representación de la sociedad estará a cargo de ambos socios Claudio Fabián Griotti y Luis Guillermo Ataide, por el término de duración de la sociedad, quienes actuarán en calidad de “Gerentes” o “Socios Gerentes”; y el uso de la firma social será ejercida por ambos de manera conjunta y/o indistinta. Respecto al punto siguiente a tratar, y continuando con el uso de la palabra, el Sr. Claudio Fabián Griotti expresa que, en relación al domicilio social, debe articularse el cambio del mismo y propone que el domicilio comercial, legal, fiscal y sede social está ubicado en el Lote 11 de la Manzana 14 del barrio San Martín de la ciudad de Palpalá, jurisdicción del departamento del mismo nombre de esta provincia, siendo la moción aprobada por los socios presentes. Finalmente dando tratamiento al último punto del orden del día, los socios de común acuerdo convienen Otorgar Poder al Dr. Marcelo Rodrigo Pérez Wiaggio, abogado del foro local, para todo el diligenciamiento e inscripción de la presente reorganización societaria ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de la Provincia de Jujuy. Sin más asuntos que tratar, siendo las hs 12:45, se da por finalizada la reunión, firmando los presentes para constancia y prueba de conformidad.- ESC. MARIA EMILIA MACINA- ADS. REG. Nº 32- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 622-DPSC-2025- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-215-2025 – ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 22 de Agosto de 2025.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
10 SEPT. LIQ. Nº 41135 $2.900,00.-