BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 13/07/05

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MUNICIPALIDAD DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN

ORDENANZA      2806 /05
VISTO:

Las Resoluciones Nº 041/99 y Nº 637/04, del Instituto del Seguro de Jujuy y el Decreto Nº 2971- B.S. – 2.005, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial, y:

CONSIDERANDO:

Que, por el mencionado Decreto se crea el Programa de financiamiento de pago del Co – Seguro de Prestaciones Médicas, denominado “Fondo Solidario de Co – Seguro”, el que se desarrollará en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social dependiente del Ministerio de Bienestar Social.

Que, el mencionado Fondo estará integrado por aportes del Tesoro Provincial, del Bade Acción Social, y el recupero de préstamos otorgados a los beneficiarios que requieran financiamientos en base al presente ordenamiento.

Que, en tal sentido y teniendo en cuenta que los Empleados Municipales se encuentran afiliados al Instituto del Seguro de Jujuy y que se beneficiarán con la implementación del referido Programa, es necesario adherir al Decreto Nº 2971 – B.S. – 2.005, a fin de hacer operativo el Programa de Financiamiento de Pago de Co – Seguro.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona la siguiente

 

ORDENANZA      2806 /05
ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Libertador General San Martín al Decreto Provincial Nº 2971 – B.S. – 2.005.

ARTICULO 2º: Autorizase a Contaduría de la Provincia a realizar las retenciones a los empleados de la Municipalidad, afiliados al Instituto de Seguros de Jujuy, que hayan solicitado Financiamiento (préstamos), para hacer frente al pago de Co – Seguro de Internación y/o Co – Seguro de insumos biomédicos.

ARTICULO 3º: A los fines del Artículo precedente, la Municipalidad informará mensualmente, en soporte magnético, a Contaduría de la Provincia, los montos a descontar y retener de los empleados que hayan sido beneficiados con el financiamiento previstos en el Decreto Nº 2971 – B.S. – 2.005.

ARTÍCULO 4º:  Sanciónese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Envíese copia al Gobierno de la Provincia. Dése a los registros Oficiales. Cumplido. Archívese.

 

SALA DE SESIONES GENERAL SAN MARTÍN, con tratamiento aprobatorio en Sesión Ordinaria del Día Miércoles 29 de Junio del año 2.005.-

PASE: al Departamento Ejecutivo para su PROMULGACIÓN y demás fines.

DESE al Concejo Deliberante para su Registro Legislativo y Municipal

CONCEJO DELIBERANTE, 29 DE JUNIO DEL AÑO 2.005.-

 

ENRIQUE D’ ALOIA

Secretario Parlamentario

Ldor. Gral. San Martin (Jujuy)

 

RAMON JORGE ALE

Presidente

Concejo Deliberante

Ldor. Gral. de San Martin (Jujuy)

 

PROMULGACIÓN:

TÉNGASE POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2806/05

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 04 DE JULIO DE 2.005.

LIBERTADOR GRAL. SAN MARTÍN, PROVINCIA DE JUJUY.

 

DR. JUAN CARLOS MOTTA

Secretario de Gobierno

Munic. de Ldor. Gral. San Martin

 

ERMINDO E. MARCELO LLANOS

Intendente

Munic. de Ldor. Gral. San Martin

 

8/11/13 JULIO LIQ. 43820 $26.10