BOLETIN OFICIAL Nº 105 – 08/09/2025

La Dra. María Luisa Arias, Jueza Unipersonal de Familia Nº 1, en el expediente C-233161/2023, caratulado: “DIVORCIO: DIAZ, GRISELDA YOLANDA c/ PINO AGUIRRE, DAVID”, notifica al Sr. DAVID PINO AGUIRRE, D.N.I. Nº 92.973.986 de la providencia que a continuación se transcribe: “RESUELVO: 1.- Decretar el divorcio de los Sres. Griselda Yolanda Diaz, DNI N° 16.910.042, y David Pino Aguirre, DNI N° 92.973.986, conforme artículos 435, 437 y siguientes del Código Civil y Comercial. 2.- Librar oficio al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de San Salvador de Jujuy con trascripción de la parte dispositiva de la presente resolución para la correspondiente toma de razón en la marginal respectiva del Acta de Matrimonio Nº 36291, Tomo 143, Folio 97 Vto. registrada el día 24 de abril de 1997, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy. 3.- Declarar extinguida la comunidad de los gananciales en conformidad con el art. 475 inc. “c” y 480 del C.CyC.N. 4.- Notificar por edictos. Art 179 y sgtes CPCC. 5.- Dejar abierta la vía judicial respecto de los efectos del divorcio, conforme Art 104 LPF. 6.- Regular los honorarios del Dr. Manuel Enrique Vivas en la suma de pesos Cuatrocientos Trece Mil Quinientos Setenta y Uno con 20/100 ($413.571,20) más iva si correspondiere, por las labores cumplidas y hacer saber al letrado que una vez cancelados deberá dar cumplimiento con la reposición del aporte del seis por ciento (6%) sobre los honorarios regulados (artículos 22 inciso -e- y 83 ley 4764/1994). 7.- Imponer las costas por el orden causado. 8.- Regístrese, notifíquese, ofíciese y oportunamente archívese. Firmado por Arias, María Luisa – Juez del Tribunal de Familia. Firmado por Jacobacci, Juan Javier – Firma habilitada”

 

08 SEPT. LIQ. Nº 41103 $1.600,00.-