BOLETIN OFICIAL Nº 105 – 08/09/2025
Acta N° 35. Ciudad de Palpalá, Provincia de Jujuy, a los 11 días del mes de Agosto del año 2025, se reúnen en la sede social de la Empresa RTV PIOLI S.R.L, sita en Vice Comodoro Marambio N° 35 del Parque Industrial Snopek, Ciudad de Palpalá, sus únicos socios, Sr. EDGARDO DANIEL ALBANO PIOLI, y Sra. ANTONIA GLADIS PIOLI; en sesión ordinaria con el fin de tratar como Orden del Día, la observación realizada en fecha 08/08/2025 desde la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales. Luego de su análisis se resuelve lo que se transcribe a continuación: Aclarar que la cláusula que se va a modificar en cuanto a la Duración de la sociedad es la TERCERA, la que textualmente dice: “TERCERA: Duración: El termino de duración de la sociedad será 20 años, contado a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, fecha que será tenida en cuenta como inicio de las operaciones societarias”. Atento lo cual el nuevo texto reformado en relación con la duración de la sociedad quedara redactado de la siguiente manera: “TERCERA: Duración: Conforme los términos del Art. 95 LGS, se amplía la duración de la sociedad por prorroga en 50 años (contados desde el vencimiento del plazo establecido anteriormente) del contrato de la sociedad RTV PIOLI S.R.L.”. Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.- ESC. BRUNO FABIAN GERBINO- ADS. REG. Nº 87- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES.-
RESOLUCION Nº 606-DPSC-2025.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-194/2025.-
San Salvador de Jujuy, 21 de Agosto de 2025.-
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante la cual el Dra. Marcela G. Albano Pioli, en carácter de persona autorizada solicita la “INSCRIPCION DE MODIFICACION DEL ESTATUTO SOCIAL DE RTV PIOLI S.R.L.”
CONSIDERANDO:
Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por la Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-
Por ello:
EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de ACTA Nº 33 DE FECHA 23 DE ABRIL DEL 2025 copia certificada a fs. 04/07 y ACTA Nº 35 DE FECHA 11 DE AGOSTO DEL 2025 obrante a fs. 17 de autos.-
ARTICULO 2°: DILIGENCIAS a cargo de la Dra. Marcela G. Albano Pioli,
ARTICULO 3°: Agregar copias en autos, notificar a las partes y registrar.”
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
08 SEPT. LIQ. Nº 41110 $2.900,00.-