BOLETIN OFICIAL Nº 105 – 08/09/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 362/2025.-
REF. “CREACIÓN DEL FORO MUNICIPAL DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES DE LA CIUDAD DE PUESTO VIEJO”. (EXPTE. 207-CD-2025 Iniciado por los concejales López Marcelo y López Amanda).
VISTO Y CONSIDERANDO;
El creciente desarrollo de la producción agrícola, la necesidad de generar un espacio de organización, articulación y representación de los pequeños y medianos productores locales; y la importancia de fomentar políticas públicas que promuevan la producción, el trabajo, el agregado de valor y la comercialización justa en el ámbito municipal,
Que, la actividad productiva en nuestra ciudad constituye un pilar fundamental para el desarrollo económico y social de la comunidad, generando empleo, promoviendo la economía local y fortaleciendo la identidad productiva del territorio.
Que, los pequeños y medianos productores enfrentan diversos desafíos relacionados con el acceso a mercados, la capacitación técnica, la asistencia financiera y la modernización tecnológica, aspectos que requieren de políticas públicas orientadas a su fortalecimiento y acompñamiento.
Que, la experiencia de otras localidades ha demostrado que la creación de espacios de diálogo, coordinación y planificación participativa permite optimizar los recursos municipales, fomentar la cooperación interinstitucional y promover el desarrollo sostenible del sector productivo.
Que, resulta fundamental articular acciones entre productores, instituciones educativas, organismos estatales y privados, con el fin de generar un espacio de intercambio de experiencias, capacitación, asistencia técnica y planificación estratégica.
Que, la presente medida busca garantizar la participación activa de los pequeños y medianos productores en la definición de políticas, programas y proyectos orientados al crecimiento productivo, promoviendo la equidad, la innovación y la sostenibilidad.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal el Foro Municipal de Pequeños y Medianos Productores de la Ciudad de Puesto Viejo, con el objetivo de constituirse en un espacio de diálogo, planificación y articulación entre los distintos actores del sector productivo local.
Artículo 2º-. El Foro estará dirigido a: Pequeños y medianos productores de la ciudad de Puesto Viejo, de todas las áreas productivas.
Artículo 3º-. Es objetivo general: Fortalecer y articular la actividad de los pequeños y medianos productores de Puesto Viejo, promoviendo la sostenibilidad, competitividad y equidad en el sector productivo.
Artículo 4º-. Son Objetivos Específicos del presente programa:
- Fomentar el intercambio de experiencias, conocimientos y buenas prácticas entre productores.
- Asistir a los productores en la mejora de sus procesos productivos, tecnológicos y comerciales.
- Promover la capacitación y formación continua en gestión, innovación y comercialización.
- Facilitar el acceso a programas, subsidios y financiamiento del ámbito público y privado.
- Impulsar la articulación con instituciones educativas, cámaras empresariales y organismos públicos y privados.
- Elaborar diagnósticos y propuestas para la planificación estratégica del sector productivo local.
Artículo 5º-. Será autoridad de aplicación de la presente Ordenanza la Dirección de Producción y Empleo de la Municipalidad de Puesto Viejo, con las siguientes funciones y deberes:
- Convocar y coordinar las reuniones periódicas del Foro.
- Facilitar el acceso a información, programas y recursos disponibles para los productores.
- Elaborar informes, diagnósticos y propuestas surgidas del Foro para elevar al Departamento Ejecutivo Municipal.
- Promover la participación activa y la integración de todos los sectores productivos de la ciudad.
- Monitorear la implementación de las acciones y proyectos acordados en el Foro.
- Coordinar la capacitación y asistencia técnica a los productores.
Artículo 6º-. El Foro se reunirá, al menos, una vez cada trimestre, pudiendo convocarse reuniones extraordinarias cuando lo considere la autoridad de aplicación o un número significativo de productores participantes.
Artículo 7º-. La autoridad de aplicación deberá garantizar la difusión de todas las actividades del Foro a través de medios oficiales, fomentando la participación de los productores.
Artículo 8º-. El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente Ordenanza dentro de los 90 días de su promulgación, estableciendo modalidades de participación, convocatorias, atribuciones y demás aspectos operativos necesarios para el funcionamiento del Foro.
Artículo 9º-. DE FORMA.-
SALA DE SESIONES, 21 DE AGOSTO DE 2025.-
Lic. María Amanda López
Presidente