BOLETIN OFICIAL Nº 105 – 08/09/2025
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO Nº 2161.25.040.-
EXPEDIENTE N° 16 – 14241 – 2025 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 25 AGOSTO 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8172/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 09/2025 de fecha 14 de Agosto de 2025, mediante el cual se dispone autorizar el traslado de perros y gatos de compañía en las unidades del servicio de transporte urbano de pasajeros dentro del ejido municipal de San Salvador de Jujuy; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8172/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 09/2025 de fecha 14 de Agosto de 2025, mediante la cual se dispone autorizar el traslado de perros y gatos de compañía en las unidades del servicio de transporte urbano de pasajeros dentro del ejido municipal de San Salvador de Jujuy.-
ARTICULO 2°.- Consecuentemente con lo dispuesto en el artículo anterior, designase como autoridad de aplicación a la Secretaría de Servicios Públicos, la cual tendrá a su cargo reglamentar las condiciones operativas de aplicación de la presente Ordenanza y ejercer las tareas de fiscalización y control necesarias para su cumplimiento.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Servicios Públicos y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente