BOLETIN OFICIAL Nº 103 – 03/09/2025

La Dra. Torres, Alejandra Daniela – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y de Familia de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-242.845/24 caratulado, ACCION DE CAMBIO DE NOMBRES: MAMANI CORAITE, BRISA LUCIANA ha dictado el siguiente proveído. CIUDAD PERICO, 08 de marzo de 2024. I.- Por presentada la Dra. ANALÍA CORREA, Defensora de la Defensoría Civil Perico Nº 1, en representación de la Sra. BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE, a mérito de la carta poder que adjunta, por parte y por constituido domicilio legal.-  II.- Proveyendo escrito Nº 1076111, téngase presente lo manifestado por la Defensora Oficial Civil, y por agregado a los presentes autos la Declaración Jurada de la situación patrimonial de la Sra. BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE. III.- Atento a lo antes dispuesto, concédase de manera definitiva el Beneficio de Justicia Gratuita a la Sra. BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE. IV.- Admítase la presente acción de cambio de nombre que se tramitara de conformidad con lo dispuesto por el art. 395 cctes., y sgtes., del CPC, y los Arts. 69 y 70 del C.C. y C. de la Nación. V.-  Por ofrecida la prueba que se expresa: VI.- PRUEBA.- DOCUMENTAL.- Carta Poder; Documento de identidad Nacional en copia certificada por Actuaria; Testimonio de Nacimiento, Nota suscripta por BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE, Certificación Negativa (1), Informe psicológico, Certificado de Residencia y Convivencia e informes de escasos recursos, encontrándose adjuntadas en autos, téngase presente. VI.- Publíquense edictos en un diario local y en el Boletín Oficial, una vez por mes en un lapso de dos meses (art. 70 CCCN), haciéndose saber que en los autos del rubro la Sra. BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE, D.N.I. Nº 46.598.498, ha solicitado el cambio de apellido, podrán formularse oposiciones dentro de los quince (15) días hábiles, contado desde la última publicación. VII.- Líbrese oficios al: 1) Registro Público de Comercio, 2) Mesa de Entrada del Poder Judicial y 3) Mesa de Entrada del Ministerio Publico de la Acusación, solicitando informe si se encuentran causas o medidas precautorias existentes en nombre de la Sra. BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE, D.N.I. Nº 46.598.498. VIII.- Líbrese  oficio a la Dirección de Inmuebles de la Provincia a fin de que proceda a informar si sobre la Sra. BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE, D.N.I. Nº 46.598.498, pesan inhabilidades o inhibiciones (art. 43 Ley Prov. 3327/17). IX.- Líbrese oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas a fin de que proceda a informar si sobre la Sra. BRISA LUCIANA MAMANÍ CORAITE, D.N.I. Nº 46.598.498, pesan inhabilidades e inhibiciones (art. 76 D.L. Nacional Nº8204/63). X.- Oportunamente dése intervención al Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, y al Ministerio Público Fiscal. XI.- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- XII.- Impóngase a la letrada peticionante la carga procesal de confeccionar las diligencias correspondientes, las que deberán ser presentadas por medio de la bandeja de oficios colaborativos, con escrito que acredite dicha presentación. XIII.-Notifíquese por cédula (art. 155 del C.P.C.). Fdo. Torres, Alejandra Daniela – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y de Familia. Cozzi, Micaela Victoria – Prosecretario Técnico Administrativo. Secretaria, 21 .de Marzo de 2.024.-

 

03 SEPT. 03 OCT. S/C.-