BOLETIN OFICIAL Nº 103 – 03/09/2025

DECRETO Nº 3606-S/2025.-

EXPTE. Nº 739-93/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 AGO. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Rectificase parcialmente el Decreto N° 915-S-2024, de fecha 24 de junio de 2024, Donde Dice “… Unidad de Organización R6-01-21 Hospital Nuestro Señor de la Buena Esperanza …”, Debe Decir “… Unidad de Organización R1 Ministerio de Salud …”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Rectificase parcialmente el Artículo 2º del Decreto N° 915-S-2024 de fecha 24 de junio de 2024, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con las partidas presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos -Ejercicio 2025, Ley N° 6440, que a continuación se indican:

 

EJERCICIO 2025:

Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R1 Ministerio de Salud con las respectivas partidas de Gastos en Personal, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 1-1-1-1-1-23 “Adecuación Ley Nº 4413”, correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.-

 

EJERCICIOS ANTERIORES:

Deuda Publica Provincia: “3-10-15-01-26-0. Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Publica.”.-

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR