BOLETIN OFICIAL Nº 102 – 01/09/2025
La Dra. Estrella A. Eliazarian en Tribunal de Familia – Sala II – Vocalía 4, en el Expte. N° C-262210/2024, caratulado: “ALIMENTOS: SANCHEZ, MIRIAM LILIANA c/ALVAREZ, RENSO BRUNO”, notifica al Sr. RENSO BRUNO ALVAREZ (DNI N° 32678090) de la Sentencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 2 de junio de 2025. AUTOS Y VISTOS: Los del Expte. Nº C-262210/24, caratulado: “ALIMENTOS: SANCHEZ MIRIAM LILIANA c/ ALVAREZ RENZO BRUNO”; tras lo cual; RESULTA: (…). FUNDAMENTOS: (…). Por todo ello y lo dispuesto por la ley 6217 y libro de acuerdos No 26- folio 43/44; LA VOCALÍA UNIPERSONAL Nº 4 DE FAMILIA: RESUELVE: I.- Hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. MIRIAM LILIANA SANCHEZ, D.N.I. No 33.550.805, en contra del Sr. RENZO BRUNO ALVAREZ, D.N.I. N° 32.678.090, y fijar como CUOTA ALIMENTARIA DEFINITIVA a favor de sus hijos, RENZO LAUTARO ALVAREZ, D.N.I. N° 53.278.866, DANA SOLANGE ALVAREZ, D.N.I. N° 45.881.441 y BRUNO LEONEL ALVAREZ, D.N.I. N° 48.530.4232, CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de los haberes que percibe el Sr. RENSO BRUNO ALVAREZ, D.N.I. N° 53.278.866, por todo concepto, previas deducciones de ley, más Asignaciones Familiares y SAC, como empelado dependiente de la firma PUENTEDURA PEDRO CESAR (CUIL N° 20-13016713-7). Dichos montos deberán ser depositados en la cuenta que se encuentra abierta y como perteneciente a los presentes obrados, los que deberán ser abonados a la Sra. MIRIAM LILIANA SANCHEZ, D.N.I. Nº 33.550.805, con la sola presentación de su Documento Nacional de Identidad. II.- Disponer que ambos progenitores asumirán el costo del cincuenta por ciento (50%) de los alimentos extraordinarios que requieran los menores, RENZO LAUTARO ALVAREZ, D.N.I. N°53.278.866, DANA SOLANGE ALVAREZ, D.N.I. N° 45.881.441 y BRUNO LEONEL ALVAREZ, D.N.I. N° 48. 530.4232, atento al interés superior que los ampara. III.- Las costas se imponen al alimentante. (art.128 del C.P.C.) IV.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. PATRICIA LILIANA TABERA, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SEIS MIL CIENTO SESENTA Y UNO ($406.161=), de conformidad a los considerandos. V.- Regístrese, agréguese copia en autos y notifíquese por cédula.” Firmado por Eliazarian, Estrella Anahid- Jueza del Tribunal de Familia. Firmado por Asfora, María Del Carmen – Secretaria de Cámara.-
01 SEPT. LIQ. Nº 41036 $1.600,00.-